Artículo 9.- El Consejo de la Caja de Ahorros y Retiros de los Empleados del Club Hípico de Concepción, estará formado por:
    a) Tres representantes de los imponentes;
    b) Un representante de los pensionados de la Sociedad, y
    c) Un representante del personal de la Institución, designado por éste.
    El Consejo de la Caja de Ahorros y Retiros de Preparadores y Jinetes del Club Hípico de Concepción estará formado por:
    a) Un representante de los preparadores;
    b) Un representante de los jinetes;
    c) Un representante de los cuidadores de caballos o empleados de corral;
    d) Un representante de los pensionados, y e) Un representante del personal de la Institución, designado por éste.