Artículo 3.- Para el cumplimiento de estos objetivos las funciones del Colegio serán:
    a) Estimular las investigaciones científicas de interés social y organizar congresos nacionales e internacionales.
    b) Promover, informar y cooperar con los poderes públicos en los proyectos de ley que tengan relación con la política social.
    c) Participar en las reformas del Servicio Social Profesional y sus programas de estudios.
    d) Patrocinar becas y participar en la selección de los postulantes a ellas.
    e) Crear y mantener publicaciones, bibliotecas, cursos de perfeccionamiento, divulgación, ciclos de conferencias, premios a trabajos científicos y técnicos a estudiantes y profesionales de Servicio Social y en general, propiciar cualesquiera otros medios de perfeccionamineto científico de sus colegiados.
    f) Crear y mantener un fondo de solidaridad social, hogares sociales, cooperativas, mutuales de ayuda económica de los colegiados y sus familiares.
    g) Cooperar con la Justicia y las autoridades en la represión del ejercicio ilegal de la profesión.
    h) En general, ejecutar todas aquellas acciones tendientes a obtener el logro de los objetivos del Colegio.