Artículo 56.- Autorízase a la Municipalidad de Temuco para transferir en pública subasta, dentro del plazo de un año contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, el predio ubicado en la calle Manuel Montt N°s 1057/87, de dicha ciudad, que le fue transferido gratuitamente por la ley N° 11.207, de 11 de Septiembre de 1953, modificada por las leyes N°s 12.390 y 13.915.
El producto de la venta del predio lo destinará la Municipalidad nombrada a la construcción de un edificio para el Museo Araucano de Temuco.