"Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Ancud para contratar en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones de crédito o bancarias, uno o más empréstitos, hasta por la suma de E° 10.000.000, al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.