MODIFICA EL ARTICULO 35 DE LA LEY NUMERO 17.377 Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.- Sustitúyese, en el artículo 35 de la ley N° 17.377, de 24 de Octubre de 1970, la frase "principal noticiario de la tarde" por esta otra:
"principal noticiero de la noche que señale por escrito el Presidente del Senado o el de la Cámara de Diputados, en su caso".

    Artículo 2.- Introdúcese la siguiente modificación al DFL. N° 4, de 31 de Agosto de 1959, cuyo texto fue refundido por decreto supremo N° 2.060, publicado en el Diario Oficial de 19 de Diciembre de 1962;
    Intercálase en la letra b) del artículo 72, la frase "por causa imputable al concesionario", entre las palabras "transmisiones" y "por".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, once de Diciembre de mil novecientos setenta y dos.- CARLOS PRATS GONZALEZ.- José Tohá G., Ministro del Interior subrogante.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Daniel Vergara Bustos, Subsecretario del Interior.