AUTORIZA AL BANCO DEL ESTADO PARA CONDONAR LA DEUDA QUE INDICA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su
    "Artículo único.- Autorízase al Banco del Estado de Chile para condonar la deuda, en capital, intereses y reajustes adeudados hasta la fecha de la presente ley, contraída por la Universidad de Chile con el citado Banco, en virtud del contrato de mutuo de fomento reajustable de fecha 16 de Diciembre de 1968, y destinado a la construcción de dependencias de enseñanza, investigación y atención de urgencia del Instituto de Neurocirugía e Investigaciones Cerebrales.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y tres.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Fernando Flores L.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.