ORDENA QUE LOS PRESTAMOS QUE INDICA SEAN IMPUTADOS AL SALDO A PAGAR POR LOS ASIGNATARIOS DE TIERRAS DE LA CORPORACION DE LA REFORMA AGRARIA.
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Los préstamos anuales para gastos de operación y los préstamos de la sequía que recibieron los asentamientos y las Cooperativas de Reforma Agraria de la provincia de Coquimbo durante la sequía, serán imputados al saldo a pagar en el valor de la tierra asignada.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, diez de Julio de mil novecientos setenta y tres.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS, Presidente de la República.- Ernesto Torrealba M., Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud.- Mario Montanari Mazzarelli, Subsecretario de Agricultura.