Artículo 5.- Autorízase la realización de un sorteo extraordinario de la Lotería de Concepción y otro de la Polla Chilena de Beneficencia en el transcurso del año 1973, cuyo rendimiento estará destinado a financiar los Primeros Juegos Deportivos Nacionales a efectuarse en la provincia de Concepción.
Los sorteos aludidos en este artículo quedarán exentos de todo tipo de impuestos.
Sin perjuicio de lo anterior, del rendimiento del sorteo correspondiente a la Polla Chilena de Beneficencia, se destinará la suma de tres millones de escudos al Consejo Local de Deportes de Castro para que la transfiera a la Asociación de Futbol de Castro para la organización del XXXV Campeonato Nacional de Fútbol Amateur, a efectuarse en dicha ciudad a comienzos de 1974, y otros tres millones de escudos al Consejo Local de Deportes de Ancud para que los transfiera a la Asociación de Básquetbol de Ancud, para la organización del Campeonato Nacional de Básquetbol Juvenil, a efectuarse en dicha ciudad en Octubre de 1973. De la inversión de estos fondos, ambas Asociaciones darán cuenta a la Dirección General de Deportes y Recreación. Los fondos a que se refiere este inciso serán remitidos por la Gerencia de la Polla Chilena de Beneficencia a las Asociaciones Deportivas nombradas.