Artículo 38.- LaLey 21521
Art. 32 N° 7
D.O. 04.01.2023
s bolsas de valores son aquellas entidades que proporcionan a los corredores de bolsa de un lugar físico o virtual en el que pueden cotizar, ofrecer o transar valores, así como para las demás actividades que éstos puedan realizar en conformidad a la ley.