Artículo 197.- Las operaciones a que se refiereLEY 19601
Art. 1º b)
D.O. 18.01.1999 este Título podrán ser desarrolladas por las bolsas de valores a que se refiere el Título VII de esta ley, las que deberán reglamentar estas operaciones de acuerdo a las normas de carácter general que dicte la Ley 21314
Art. 1 N° 3
D.O. 13.04.2021Comisión, de conformidad a lo señalado en el artículo 189.
Art. 1º b)
D.O. 18.01.1999 este Título podrán ser desarrolladas por las bolsas de valores a que se refiere el Título VII de esta ley, las que deberán reglamentar estas operaciones de acuerdo a las normas de carácter general que dicte la Ley 21314
Art. 1 N° 3
D.O. 13.04.2021Comisión, de conformidad a lo señalado en el artículo 189.
Las normas internas que adopten las bolsas en relación con estas operaciones, se regirán por lo dispuesto en el inciso final del artículo 44.
También podrán realizarse estas operaciones en los mercados a que se refiere el artículo 189.
Además de los valores extranjeros y CDV, se podrán transar, de acuerdo a las normas de este Título, las cuotas de fondos de inversión señaladas en la leyLEY 19705
Art. 1º Nº 27
D.O. 20.12.2000 Nº 18.815 y, además, cualquier otro valor que autorice la Comisión.
Art. 1º Nº 27
D.O. 20.12.2000 Nº 18.815 y, además, cualquier otro valor que autorice la Comisión.
Las operaciones que se realicen de acuerdo con las normas de este Título tendrán el carácter de operaciones de cambios internacionales, para los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central.