Artículo 54 A.- Dentro de los dos días hábilesLEY 19705
Art. 1º Nº 7 b)
D.O. 20.12.2000
  siguientes a la fecha en que se perfeccionen los actos o contratos mediante los cuales se obtenga el control de una sociedad anónima abierta, deberá publicarse un aviso en el Ley 20382
Art. 1 Nº 18
D.O. 20.10.2009
mismo diario en que se haya efectuado la publicación señalada en el artículo  anterior, que dé cuenta de ello y enviarse una comunicación en tal sentido a las personas señaladas en  el inciso segundo del artículo 54.