Art. 20 Las acciones pueden ser ordinarias o preferidas.
Las preferencias deberán constar en losRECTIFICACION
D.O. 31.10.1981 estatutos sociales y en los títulos de las acciones deberá hacerse referencia a ellas. No podrá estipularse preferencias sin precisar el plazo de su vigencia. Tampoco podrá estipularse preferencias que consistan en el otorgamiento de dividendos que no provengan de utilidades del ejercicio o de utilidades retenidas y de sus respectivas revalorizaciones. LosLEY 19705
Art. 2º Nº 3
D.O. 20.12.2000 estatutos de las sociedades anónimas abiertasLey 20382
Art. 2 Nº 11 a) y b)
D.O. 20.10.2009 podrán contener preferencias que otorguen a una serie de acciones preeminencia en el control de la sociedad, por un plazo máximo de cinco años, pudiendo prorrogarse por acuerdo de la junta extraordinaria de accionistas.
D.O. 31.10.1981 estatutos sociales y en los títulos de las acciones deberá hacerse referencia a ellas. No podrá estipularse preferencias sin precisar el plazo de su vigencia. Tampoco podrá estipularse preferencias que consistan en el otorgamiento de dividendos que no provengan de utilidades del ejercicio o de utilidades retenidas y de sus respectivas revalorizaciones. LosLEY 19705
Art. 2º Nº 3
D.O. 20.12.2000 estatutos de las sociedades anónimas abiertasLey 20382
Art. 2 Nº 11 a) y b)
D.O. 20.10.2009 podrán contener preferencias que otorguen a una serie de acciones preeminencia en el control de la sociedad, por un plazo máximo de cinco años, pudiendo prorrogarse por acuerdo de la junta extraordinaria de accionistas.