ACLARA ALCANCE DE DECRETO LEY N° 3.646, de 1981.
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente:
    Proyecto de Ley:

    Artículo Unico: Aclárase el alcance del decreto ley N° 3.646, de 1981, en el sentido de dejar establecido que el tiempo reconocido por gracia, en dicho texto legal, será computable como servicios efectivos desempeñados en Carabineros de Chile, el que servirá para todos los efectos legales, especialmente para impetrar el goce de mayores sueldos, trienios, el derecho a jubilación y a desahucio.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la H. Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la H. Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la H. Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la H. Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, siete de Enero de mil novecientos ochenta y dos.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Enrique Montero Marx, General de Brigada Aérea (J), Ministro Subsecretario del Interior.