MODIFICA EL ARTICULO 5° DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 31, DE 1953, ORGANICO DE LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Suprímese, en el inciso primero de la letra a) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 31, de 1953, la siguiente oración final: "Para el personal de la Fuerza Aérea de la Rama del Aire y para el personal de la Rama Técnica Auxiliar proveniente de esa misma Rama, este descuento será del 8% mientras permanezca en servicio activo.".
JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, veintinueve de Septiembre de mil novecientos ochenta y dos.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Washington Carrasco Fernández, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Jorge Iturriaga Moreira, Coronel de Aviación (A), Subsecretario de Aviación.