Artículo 12.- Suprímese el número y el epígrafe de los párrafos 1° y 2° del Título III del Código Orgánico de Tribunales, denominados, respectivamente, "1.- Los Jueces de Letras de Mayor Cuantía" y "2.- Los Jueces de Letras de Mayor Cuantía", como asimismo todas las expresiones "de Mayor Cuantía" que siguen a las frases "Juez de Letras", "Jueces de Letras", "Juzgado de Letras" o "Juzgados de Letras" contenidas en dicho Código.