MODIFICA EL DECRETO LEY N° 1078 DE 1975 La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Suprímese en el inciso primero del número 6 del artículo 21 del decreto ley N° 1.078, de 1975, la expresión: "por las compras de oro que efectúe" y reemplázase la coma (,) que antecede a dicha expresión por un punto (.)
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, veintidós de marzo de mil novecientos ochenta y tres.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Carlos Francisco Cáceres Contreras, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Fernando Alvarado Elissetche, Subsecretario de Hacienda subrogante.