PRORROGA PLAZOS QUE INDICA La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo 1°.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° transitorio del decreto ley N° 818, de 1974, la frase "31 de diciembre de 1983" por "31 de diciembre de 1988".

    Artículo 2°.- Sustitúyese en el artículo 2° del decreto ley N° 3.562, de 1981, la expresión "31 de diciembre de 1983" por "31 de diciembre de 1988".
    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 10 de enero de 1984.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Andrés Passicot Callier, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Carlos Francisco Cáceres Contreras, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Saluda atentamente a US.- Jorge Valenzuela Durán, Coronel de Ejército, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.