Artículo 197.- Son infracciones o contravencionesLEY 20068
Art. 1º Nº 88
D.O. 10.12.2005 gravísimas, las siguientes:
Art. 1º Nº 88
D.O. 10.12.2005 gravísimas, las siguientes:
1.- Eliminado;
2.- No detenerse ante la luz roja de las señales luminosas del tránsito, o ante la señal "PARE";
3.- Derogado;
4.- Conducir sin haber obtenido licencia de conductor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 196 D;
5.- Eliminado, y
6.- Eliminado.