RECONOCE EQUIVALENCIA DE TITULO QUE INDICA La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente.
Proyecto de ley:
Artículo único.- El título de profesor otorgado por el Ministerio de Educación Pública a quienes hubieren aprobado cursos regulares o extraordinarios en escuelas normales del Estado o particulares reconocidas por éste, será equivalente, para todos los efectos legales y académicos, al título de profesor de Enseñanza General Básica que otorgan las entidades de educación superior.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 3 de agosto de 1984.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Horacio Aránguiz Donoso, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- René Salamé Martin, Subsecretario de Educación Pública.