LIBERA DEL PAGO DEL IMPUESTO TERRITORIAL A LA PROPIEDAD QUE SEÑALA
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Exímese del impuesto territorial establecido en la ley N° 17.235 desde el 1° de enero de 1984, al inmueble de propiedad de la corporación de derecho privado, sin fines de lucro, denominada "Damas de la Defensa Nacional", signado con el rol de avalúos N° 1.951-8 e inscrito a fojas 15.932 N° 18.061 del Registro de Propiedad del año 1976 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
    La exención regirá sólo mientras la propiedad esté destinada al cumplimiento de sus fines sociales.
    Condónase la totalidad del impuesto territorial y los reajustes, intereses y multas pertinentes, que correspondan al inmueble individualizado en el inciso primero, y que se encuentren adeudados a la fecha de publicación de esta ley.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR.- Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 10 de enero de 1985.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio Onofre Jarpa Reyes, Ministro del Interior.- Luis Escobar Cerda, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodriguez, Subsecretario del Interior suplente.