Proyecto de ley
NOTA
El artículo 2º transitorio de la ley 20401, publicada el 04.12.2009, prorrogó la vigencia de la presente norma por el plazo de 12 años a contar de la fecha de su publicación.
El artículo 2º transitorio de la ley 20401, publicada el 04.12.2009, prorrogó la vigencia de la presente norma por el plazo de 12 años a contar de la fecha de su publicación.
NOTA 1
El artículo 72 de la ley 21405, publicada el 22.12.2021, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de un año, a contar de la fecha de término de la prórroga aprobada por el artículo 2º transitorio de la ley 20.401.
El artículo 72 de la ley 21405, publicada el 22.12.2021, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de un año, a contar de la fecha de término de la prórroga aprobada por el artículo 2º transitorio de la ley 20.401.
NOTA 2
El artículo 45 de la ley 21526, publicada el 28.12.2022, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de un año, a contar de la fecha de término de la prórroga a la cual se refiere el artículo 72 de la ley 21405.
El artículo 45 de la ley 21526, publicada el 28.12.2022, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de un año, a contar de la fecha de término de la prórroga a la cual se refiere el artículo 72 de la ley 21405.
NOTA 3
El artículo 2 de la ley 21597, publicada 26.09.2023, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de siete años, a contar de la fecha de término de la prórroga a la cual se refiere el artículo 45 de la ley N° 21.526.
El artículo 2 de la ley 21597, publicada 26.09.2023, modifica la presente norma en el sentido de renovar su vigencia por el plazo de siete años, a contar de la fecha de término de la prórroga a la cual se refiere el artículo 45 de la ley N° 21.526.