Artículo 4°.- Elimínase en la letra c) del artículo 11 del decreto ley N° 2.222, de 1978, previa sustitución de la coma (,) que la antecede, por un punto (.), la siguiente frase:
    "Con la salvedad de que su capital pertenezca en un setenta y cinco por ciento a personas naturales chilenas o a otras personas jurídicas que cumplan con todos los requisitos previstos en esta letra.".