ARTICULO 16° Los miembros y el personal del TribunalLEY 18911
Art.1°, 4.- no podrán intervenir en actividades o reuniones de índole política, con la sola excepción de la de ejercitar el derecho de sufragio.
Art.1°, 4.- no podrán intervenir en actividades o reuniones de índole política, con la sola excepción de la de ejercitar el derecho de sufragio.