Artículo 4°.- Para los procesos de fabricación de componentes automotrices las industrias auxiliares importarán las materias primas, partes o piezas, elaboradas o semielaboradas, con sujeción al Arancel Aduanero, sin perjuicio del derecho que asista a estasLEY 18582
ART 1° N° 4 industrias para hacer uso de las normas aduaneras de carácter general aplicables a las actividades de exportación.
ART 1° N° 4 industrias para hacer uso de las normas aduaneras de carácter general aplicables a las actividades de exportación.