FACULTA AL DIRECTOR DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE PARA PAGAR BONIFICACION COMPENSATORIA POR CONTRATOS DE OBRAS QUE INDICA
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de Ley
    Artículo único.- Facúltase al Director de la Empresa Portuaria de Chile para pagar, a los contratistas que lo soliciten, una bonificación compensatoria respecto de los contratos de obras celebrados por esa Empresa vigentes al 18 de septiembre de 1984 o perfeccionados con posterioridad, siempre que la apertura de la propuesta se haya efectuado antes de dicha fecha y cuando los referidos contratos estuvieren expresados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie.
    El monto de la bonificación compensatoria que autoriza esta ley corresponderá al mayor costo efectivo de las obras ejecutadas en los meses de septiembre de 1984 hasta enero de 1985, ambos inclusive, ocasionado exclusivamente por las alzas cambiaria y arancelaria de septiembre de 1984, descontado que sea el monto equivalente al porcentaje de reajuste del Indice de Precios al Consumidor aplicado al valor de dichas obras según contrato, en el período comprendido entre el mes de agosto de 1984 y el mes anterior a la fecha del estado de pago respectivo.
    El Director sólo podrá bonificar, mediante Resolución fundada, aquellos contratos en que los contratistas lo soliciten dentro del plazo de 30 días, contados desde la publicación de este cuerpo legal, aun cuando los respectivos contratos se encontraren liquidados a la fecha de esta ley.
    El mayor gasto que signifique el cumplimiento de la presente ley, se hará con cargo a recursos propios de la Empresa.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 21 de enero de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Escobar Rodríguez, General de Brigada Aérea, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Manuel Concha Martínez, Coronel de Ejército, Ministro de Hacienda Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Us.- Carlos Villegas Lorca, Abogado, Subsecretario de Transportes Subrogante.