Artículo 3°.- Créase una Comisión Especial ad honorem encargada de la ejecución de la finalidad de esta ley, que estará formada por el Alcalde de Valparaíso, quien la presidirá, un representante del Comandante en Jefe de la Armada, los Decanos de las Facultades de Arquitectura de las Universidades con sede en Valparaíso, el Presidente de la Fundación "Almirante Carlos Condell", y el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales.
Las funciones de la Comisión Especial serán las siguientes:
a) Llamar a concurso público de proyectos, fijando sus bases y condiciones, y determinar la ubicación del monumento.
b) Organizar la realización de las colectas a que se refiere el artículo anterior; y
c) Administrar la cuenta especial dispuesta en el mismo precepto.