RENUEVA VIGENCIA DE CONVENIOS CADUCADOS EN VIRTUD DE LA LEY N° 18.337
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo único.- Introdúcense las siguiente modificaciones a la ley N° 18.337:
    1.- Sustitúyese el artículo 9° por el siguiente:
    "El no pago de una o más cuotas del convenio no producirá su caducidad, debiendo el Servicio de Tesorerías proceder de inmediato al cobro de la o las cuotas morosas en conformidad con el procedimiento establecido en el Título V del Libro III del Código Tributario. Las cuotas morosas devengarán el interés señalado en el artículo 53 de dicho Código.".
    2.- Deróganse los artículos 8°, 13 y 16.
    Artículo transitorio.- No obstante lo dispuesto en el artículo único de esta ley, los contribuyentes a quienes se les caducó su convenio por las causales que establecía la ley N° 18.337, tendrán derecho a continuar sirviéndolos en las mismas condiciones y plazos pactados; las cuotas impagas de estos convenios serán cobradas por el Servicio de Tesorerías con un interés de 11% anual.
    A los contribuyentes que manifiesten su voluntad de no seguir perseverando en el convenio, se les hará exigible de inmediato el saldo total de la deuda consolidada con el interés del artículo 53 del Código Tributario.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 12 de septiembre de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Manuel Concha Martínez, Coronel de Ejército, Subsecretario de Hacienda.