DECLARA AJUSTADAS A DERECHO LAS REINCORPORACIONES QUE INDICA DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo 1°.- Decláranse válidamente desempeñados los cargos y ajustadas a derecho las reincorporaciones del personal de Fila de Nombramiento Institucional que se encontraba en retiro absoluto efectuadas por la Dirección General de Carabineros durante el período comprendido entre el 1° de enero de 1974 y la fecha de publicación de esta ley, por una causal distinta de la considerada en el decreto ley N° 325, de 1974. Decláranse, asimismo, válidamente desempeñados los cargos y ajustadas a derecho las reincorporaciones del personal de igual naturaleza efectuadas por la causal establecida en el artículo 1° del decreto ley N° 325, de 1974, a partir del 1° de enero de 1975 y hasta la fecha de vigencia de la presente ley.
El tiempo servido por el referido personal a contar desde la fecha de su reincorporación será considerado como servicios efectivos en Carabineros de Chile y válido para todos los efectos legales, especialmente para su retiro, montepío y desahucio, en los términos previstos en los Títulos IV y V del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior.
Artículo 2°.- El personal reincorporado de que trata el artículo precedente podrá integrar a la cuenta del Fondo de Desahucio del Personal de Carabineros de Chile, las imposiciones correspondientes al período de su alejamiento de la Institución y las que debieron efectuarse con posterioridad a su reincorporación, según procediere, para los efectos de la obtención del respectivo beneficio.
FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.- HERNAN RIVERA CALDERON, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada y Miembro de la Junta de Gobierno Subrogante.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 27 de octubre de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Juan G. Cancino Causa, Coronel de Carabineros, Subsecretario de Carabineros MDN.