Artículo 5º. Las autoridades y funcionarios deberánLEY 19653
Art. 1º Nº 3
D.O. 14.12.1999
velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.
    Los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicación o interferencia de funciones.