Artículo 101.- Créanse en la planta de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, 40 cargos de Directores Provinciales de Educación, Jefatura A, grado 9° Escala Unica de Sueldos.
Los cargos que se crean en este artículo serán provistos con las personas que actualmente desempeñan las funciones de Directores Provinciales de Educación, de planta, docentes o afectos a la Escala Unica de Sueldos, y contratados en cualquiera de esas calidades, sin solución de continuidad.
Suprímense dos cargos de docentes superiores adscritos a carrera docente, grado 10° Escala Unica de Sueldos; diez cargos de docentes superiores adscritos a carrera docente, grado 9° Escala Unica de Sueldos, y un cargo de docente superior adscrito a carrera docente, grado 8° Escala Unica de Sueldos.