RENUEVA VIGENCIA DEL INCISO PRIMERO DEL ARTICULO 10 DEL DECRETO LEY N° 2.050, DE 1977
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo único.- Renuévase, por el plazo de un año, la vigencia del inciso primero del artículo 10° del decreto ley N° 2.050, de 1977.

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- HUMBERTO GORDON RUBIO, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 27 de enero de 1987.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Patricio Díaz Araneda, Teniente Coronel, Ministro de Obras Públicas subrogante.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Patricio Díaz Araneda, Teniente Coronel, Subsecretario de Obras Públicas.