Artículo 1°.- Créase la Corporación de Asistencia Judicial de las Regiones de Tarapacá y de Antofagasta con domicilio en Iquique.
    Esta Corporación gozará de personalidad jurídica, tendrá patrimonio propio y no perseguirá fines de lucro. Su finalidad será la de prestar asistencia jurídica y judicial gratuita a personas de escasos recursos. Además, será institución habilitada para que en ella se efectúe la práctica necesaria para el ejercicio de la profesión a los postulantes a obtener el título de abogado.