Artículo 89.- Reemplázase en el número 3 de la letra c) del artículo 114 del decreto con fuerza de ley N° 1 (G) y en el número 4 de la letra e) del artículo 46 del decreto con fuerza de ley N° 2 (I), ambos de 1968, la frase "en veinte cuotas mensuales iguales" por "en un máximo de veinte cuotas mensuales iguales, de acuerdo con lo que determine la respectiva Institución".