Artículo 10.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior traspásase al Fisco, a título gratuito, el dominio de los siguientes bienes raíces pertenecientes al Instituto de Normalización Previsional:
a) Inmueble ubicado en calle Huérfanos N° 1273, en esquina con calle Teatinos N° 321, de Santiago, inscrito a fojas 18.766, N° 19.573 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1966.
b) Inmueble ubicado en camino a Azapa N° 3309, en la ciudad de Arica, inscrito a fojas 57, N° 55 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica del año 1973.
Lo dispuesto en el inciso anterior servirá de título suficiente para efectuar las inscripciones conservatorias que sean precedentes.