Artículo 14.- La subasta de la especie por falta de pago de la obligación garantida con ella no podrá suspenderse en casLey 20720
Art. 370 N° 1
D.O. 09.01.2014o de declarado el inicio de un procedimiento concursal o muerte del deudor, ni por otra causa que no sea orden escrita del juez competente, dictada previa consignación del valor de la obligación garantida y de sus intereses, gastos y derechos.
Art. 370 N° 1
D.O. 09.01.2014o de declarado el inicio de un procedimiento concursal o muerte del deudor, ni por otra causa que no sea orden escrita del juez competente, dictada previa consignación del valor de la obligación garantida y de sus intereses, gastos y derechos.
El producto de la subasta sólo será embargable en lo que exceda de lo que corresponda pagar al acreedor prendario.