Artículo 102.- El Tribunal Calificador de EleccionesLEY 19654
Art. 1º Nº 18
D.O. 30.11.1999
se abocará al conocimiento del escrutinio general de la elección para Presidente de la República y su calificación, dentro de los plazos establecidos en el inciso primero del artículo 27 de la Constitución Política.