Ley 20669
Art. 2 N° 27
D.O. 27.04.2013
    Artículo 136.- Será castigado con presidio menor en su grado medio a presidio mayor en su grado mínimo y multa de una a tres unidades tributarias mensuales:

    1) El que votare más de una vez en una misma elección o plebiscito;
    2) El que suplantare la persona de un elector o pretendiere llevar su nombre para sustituirlo;
    3) El que confeccionare actas de escrutinio de una Mesa que no hubiere funcionado;
    4) El que falsificare, sustrajere, ocultare o destrLey 20568
Art. SEGUNDO N° 67
D.O. 31.01.2012
uyere algún Padrón de Mesa, acta de escrutinio o cédula electoral;
    5) El que se apropiare de una urna que contuviere votos emitidos que aún no se hubieren escrutado;
    6) El que suplantare la persona del delegado de la Junta Electoral o de uno de los miembros de una Mesa o Colegio;
    7) El que tuviere cédulas electorales en circunstancias que no sean las previstas por la ley;LEY 20183
Art. único Nº 6
a) y b)
D.O. 08.06.2007

    8) El que impidiere a cualquier elector ejercer su derecho a sufragaLey 20568
Art. SEGUNDO N° 67
D.O. 31.01.2012
r por medios violentos, amenazas o privándolo de su cédula nacional de identidad, pasaporte o cédula de identidad para extranjeros, y

    9) El que sea sorprendido presionando a un electorLEY 20183
Art. único Nº 6 c)
D.O. 08.06.2007
con discapacidad, o a la persona que le sirve como asistente.