MODIFICA DIVISION POLITICA Y ADMINISTRATIVA DEL PAIS EN LA FORMA QUE INDICA

    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente:

    Proyecto de ley:


    Artículo 1°.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la I Región de Tarapacá fijada en el artículo 1° del decreto N° 1.204, del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Arica
    a.- Comuna de Arica
    1) Se redefine el límite en los sectores que indica, de la siguiente forma:
    a) Entre la cota 3880 y el cerro Negro:
    La línea de cumbres divisoria de aguas, desde la cota 3880 hasta el cerro Negro (cota 3923), pasando por las cotas 3910, 3876, 3765, 3763 y 3912 de las cartas Sierra de Huaylillas, (Reservada) 1era. Ed. 1975 y Putre, (Reservada) 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b) Entre el cerro Negro y la confluencia del río Lluta con la quebrada Sellancane:
    La línea de cumbres divisoria de aguas que limita por el poniente la hoya del río Lluta, desde el cerro Negro hasta la confluencia del río Lluta con la quebrada Sellancane, pasando por las cotas 3922, 3824, 3812, 3737, 3739, 3708, 3680, 3680, 3665, 3695 y 3563 de las cartas Putre, (Reservada) 1era. Ed. 1975 y Belén, (Reservada) 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c) Entre la confluencia de los ríos Tignamar y Seco hasta el cerro Tulapalca (cota 4409):
    El río Livilcar, desde la confluencia de los ríos Tignamar y Seco hasta su confluencia con la quebrada Cana; la divisoria de aguas que separa las hoyas del río Livilcar y la quebrada Cana, desde su confluencia hasta la cota 3625, pasando por las cotas 3312 y 3372; la poligonal que une la cota 3625 con la cota 3504, pasando por los trigonométricos Loma Oxaya, Campamento, Tropero II y las cotas 3468 y 3470; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Tignamar, desde la cota 3504 hasta el cerro Tulapalca (cota 4409), pasando por la cota 3931 de las cartas Belén, (Reservada) 1era. Ed. 1975; Pampa de Oxaya 1era. Ed. 1976, y Tignamar 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Miliar.
    2) Se excluye el sector comprendido al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Vitor, desde el meridiano astronómico de la intersección de la carretera Panamericana norte y el camino a Codpa, hasta la cota 1955, pasando por las cotas 1522 y 1687; la poligonal desde la cota 1955 hasta la cota 2979, pasando por las cotas 1911, 2069, 2267, 2464 y 2763; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Garza o Calisama, desde la cota 2979 hasta la cota 3410, pasando por el trigonométrico Caricoya; y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Vitor, desde la cota 3410 hasta el cerro Tulapalca (cota 4409), pasando por la cota 3747 de las cartas Chaca, 1era. Ed. 1977; Pintatane, 1era. Ed. 1976; Codpa, 1era. Ed. 1976, Pampa de Oxaya, 1era. Ed. 1976, y Tignamar, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Camarones
    1) Se redefine el límite en los sectores que indica, de la siguiente forma:
    a) Entre el cerro Tulapalca y el cerro Margarita:
    La línea de cumbres entre el cerro Tulapalca (cota 4409) y el cerro Margarita, pasando por las cotas 4327, 4346 y 4594 de la carta Tignamar, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b) Entre el cerro Tangane y los cerros de Anocarire se reemplaza la frase "... hasta los cerros de Anocarire..." por "... hasta la cota 4777, en los cerros de Anocarire..."
    c) Entre los cerros de Anocarire y el cerro Latarani:
    La línea de cumbres divisoria de aguas, que separa las hoyas del salar de Surire y laguna Caracota de la del río Camarones, desde la cota 4777 en los cerros de Anocarire hasta el cerro Latarani, pasando por las cotas 4765, 4930 y 4360, el portezuelo Chaca, el cerro Guaiguasi o Vizcachitambo, el cerro Chulluncallani, el portezuelo de Chulluncallani, el cerro Chañaladera, el cerro Chuquiananta, las cotas 5412, 5145, 5312 y 5215, el cerro Mulluri, las cotas 5115 y 5120, el portezuelo de Mulluri, las cotas 4910 y 4837, el cerro Pumire, la cota 5372 y el cerro Guaiguasi, de las cartas Surire, 1era. Ed. 1985 y cerro Pumiri, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d) Entre el trigonométrico Crespo y el cerro Guachiscota:
    El borde o ceja sur de la quebrada Camarones, desde el trigonométrico Crespo hasta el trigonométrico Camarones, en el cerro Camarones; y la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada Camarones, desde el citado trigonométrico Camarones hasta el cerro Guachiscota, pasando por las cotas 1982, 2233, 2372, 2671, 2664, 2759, 2734, 2935, 3085, 3553 y 3899 de las cartas Hacienda Camarones, 1era. Ed. 1977: Miñimiñi, 1era. Ed. 1976, y Embalse Caritaya, 1era. Ed. 1976, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Arica comprendido al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Vitor, desde el meridiano astronómico de la intersección de la carretera Panamericana norte y el camino a Codpa, hasta la cota 1955, pasando por las cotas 1522 y 1687; la poligonal desde la cota 1955 hasta la cota 2979, pasando por las cotas 1911, 2069, 2267, 2464 y 2763; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada de Garza o Calisama, desde la cota 2979 hasta la cota 3410, pasando por el trigonométrico Caricoya; y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Vitor, desde la cota 3410 hasta el cerro Tulapalca (cota 4409), pasando por la cota 3747; de las cartas Chaca, 1era. Ed. 1977; Pintatane, 1era. Ed. 1976; Codpa, 1era. Ed. 1976; Pampa de Oxaya, 1era. Ed. 1976, y Tignamar, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2.- Provincia de Iquique
    a.- Comuna de Huara Se redefine el límite en el sector comprendido entre el trigonométrico Crespo y el cerro Guachiscota, de la siguiente forma:
    El borde o ceja sur de la quebrada Camarones, desde el trigonométrico Crespo hasta el trigonométrico Camarones, en el cerro Camarones; y la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada Camarones, desde el citado trigonométrico Camarones hasta el cerro Guachiscota, pasando por las cotas 1982, 2233, 2372, 2671, 2664, 2759, 2734, 2935, 3085, 3553 y 3899; de las cartas Hacienda Camarones, 1era. Ed. 1977; Miñimiñi, 1era. Ed. 1976, y Embalse Caritaya, 1era. Ed. 1976, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Colchane Se redefine el límite entre el cerro Latarani y el cerro Capitán, de la siguiente forma:
    La línea de cumbres entre el cerro Latarani y el cerro Capitán, pasando por el cerro Guaijata, las cotas 5287 y 5139, la apacheta de Tala, las cotas 4767, 4817, 4854, 5011, 5034, 4883, 4808, 4849 y 4759, el cerro Tembladera (cota 5148), y la cota 4673, de las cartas Cerro Pumiri, 1era. Ed. 1977, y Surire, 1era. Ed. 1985, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3.- Provincia de Parinacota
    a.- Comuna de Putre
    1) Se excluye el sector situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres desde el cerro Negro (cota 3923) hasta la cota 3460; el meridiano astronómico de la cota 3460, desde la citada cota hasta el río Lluta; y el río Lluta, desde el meridiano astronómico de la cota 3460 hasta su intersección por el camino de Putre a Coronel Alcérreca de las cartas Putre (Reservada), 1era. Ed. 1975, y Villa Industrial (Reservada), 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se redefine el límite en los sectores que indica, de la siguiente forma:
    a) Entre el cerro Negro y la confluencia del río Lluta con la quebrada Sellancane:
    La línea de cumbres divisoria de aguas que limita por el poniente la hoya del río Lluta, desde el cerro Negro hasta la confluencia del río Lluta con la quebrada Sellancane, pasando por las cotas 3922, 3824, 3812, 3737, 3739, 3708, 3680, 3680, 3665, 3695 y 3563 de las cartas Putre (Reservada), 1era. Ed. 1975, y Belén, (Reservada), 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b) Entre la confluencia de los ríos Tignamar y Seco hasta el cerro Margarita:
    El río Livilcar, desde la confluencia de los ríos Tignamar y Seco hasta su confluencia con la quebrada Cana; la divisoria de aguas que separa las hoyas del río Livilcar y la quebrada Cana, desde su confluencia hasta la cota 3625, pasando por las cotas 3312 y 3372; la poligonal que une la cota 3625 con la cota 3504, pasando por los trigonométricos Loma Oxaya, Campamento, Tropero II y las cotas 3468 y 3470; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Tignamar, desde la cota 3504 hasta el cerro Margarita, pasando por la cota 3931, el cerro Tulapalca (cota 4409) y las cotas 4327, 4346 y 4594 de las cartas Belén (Reservada), 1era.
Ed. 1975; Pampa de Oxaya, 1era. Ed. 1976, y Tignamar, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c) Entre el cerro Tangane y los cerros de Anocarire, se reemplaza la frase "... hasta los cerros de Anocarire..." por "..hasta la cota 4777, en los cerros de Anocarire...".
    d) Entre los cerros de Anocarire y el cerro Latarani:
    La línea de cumbres divisoria de aguas, que separa las hoyas del salar de Surire y laguna Caracota, de la del río Camarones, desde la cota 4777, en los cerros de Anocarire hasta el cerro Latarani, pasando por las cotas 4765, 4930 y 4360, el portezuelo de Chaca, el cerro Guaiguasi o Vizcachitambo, el cerro Chulluncallani, el portezuelo de Chulluncallani, el cerro Chañaladera, el cerro Chuquiananta, las cotas 5412, 5145, 5312 y 5215, el cerro Mulluri, las cotas 5115 y 5120, el portezuelo de Mulluri, las cotas 4910 y 4837, el cerro Pumire, la cota 5372 y el cerro Guaiguasi de las cartas Surire, 1era. Ed. 1985, y cerro Pumiri, 1era. Ed. 1977, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e) Entre el cerro Latarani y el cerro Capitán:
    La línea de cumbres entre el cerro Latarani y el cerro Capitán pasando por el cerro Guaijata, las cotas 5287 y 5139, la apacheta de Tala, las cotas 4767, 4817, 4854, 5011, 5034, 4883, 4808, 4849 y 4759, el cerro Tembladera (cota 5148) y la cota 4673 de las cartas cerro Pumiri, 1era. Ed. 1977 y Surire, 1era. Ed. 1985, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de General Lagos
    1) Se incluye el sector de la comuna de Putre situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres, desde el cerro Negro (cota 3923) hasta la cota 3460; el meridiano astronómico de la cota 3460, desde la citada cota hasta el río Lluta; y el río Lluta, desde el meridiano astronómico de la cota 3460 hasta su intersección por el camino de Putre a Coronel Alcérreca de las cartas Putre (Reservada), 1era.
Ed. 1975, y Villa Industrial (Reservada), 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se redefine el límite en el sector comprendido:
    Entre la cota 3880 y el cerro Negro;
    La línea de cumbres divisoria de aguas, desde la cota 3880 hasta el cerro Negro (cota 3923), pasando por las cotas 3920, 3910, 3876, 3765, 3763 y 3912 de las cartas Sierra de Huaylillas (Reservada), 1era. Ed. 1975, y Putre (Reservada), 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 2°.- Derógase el artículo transitorio, del decreto ley N° 1317, de 1976.

    Artículo 3°.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la III Región de Atacama, fijada en el artículo 3° del decreto N° 1.204, del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Copiapó
    a.- Comuna de Copiapó Se incluye el sector de la comuna de Caldera situado al sur del siguiente límite:
    La línea recta que une la punta Caghey (Bandurrias en la carta del Instituto Geográfico Militar), y la cota 110, desde el Mar Chileno hasta la citada cota 110; la línea de cumbres divisoria de aguas que limita por el sur las hoyas de las quebradas que escurren hacia la caleta Las Gaviotas, y la hoya correspondiente a la quebrada Corriente de la Palmira, desde la cota 110 hasta el trigonométrico Palo Negro del Cerro Cuestecilla, pasando por las cotas 152, 173, 452, 682, 648 y 581, el cerro Las Vacas y la cota 551, de las cartas Bahía Salado, 1era. Ed. 1973, y Totoral, 1era.
Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar y de la carta N° 304, escala 1:8.000, 4a. Ed. 1957, con correcciones a 1968 del Instituto Hidrográfico de la Armada.
    b.- Comuna de Caldera Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    La línea recta que une la punta Caghey (Bandurrias en la carta del Instituto Geográfico Militar) y la cota 110, desde el Mar Chileno hasta la citada cota 110; la línea de cumbres divisoria de aguas que limita por el sur las hoyas de las quebradas que escurren hacia la caleta Las Gaviotas, y la hoya correspondiente a la quebrada Corriente de la Palmira, desde la cota 110 hasta el trigonométrico Palo Negro del cerro Cuestecilla, pasando por las cotas 152, 173, 452, 682, 648 y 581, el cerro Las Vacas y la cota 551, de las cartas Bahía Salado, 1era. Ed. 1973, y Totoral, 1era.
Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar y de la carta N° 304, escala 1:8.000, 4a. Ed. 1957, con correcciones a 1968 del Instituto Hidrográfico de la Armada.
    2.- Provincia de Huasco
    a.- Comuna de Vallenar
    1) Se incluye el sector de la comuna de Freirina, correspondiente al área minera Los Cristales situado al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Romero, desde el cerro Blanco hasta la cota 1514, pasando por la loma de Los Cristales, el cerro Las Lajas, el trigonométrico Mollaca y la cota 1560; y la línea de cumbres que limita por el poniente y el norte la hoya de la quebrada Desvío Los Choros, desde la cota 1514 hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de Los Molles (quebrada Almireces), pasando por la sierra del Pleito, la cota 1332, el cerro Negro de Cristales, y las cotas 1540, 1449, 1404 y 1387 de la carta Incaguasi, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada El Maitén desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Pie de Gallo hasta la cota 1519, en el cordón Los Llanitos; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Arena, desde la cota 1519, en el cordón Los Llanitos hasta la cota 1082; la línea recta, desde la cota 1082 hasta el origen del brazo oriente de la quebrada sin nombre que desemboca en el río Huasco contigua a la localidad denominada Tres Cruces; dicha quebrada sin nombre, desde el origen de su brazo oriente hasta su desembocadura en el río Huasco; el río Huasco, desde la desembocadura de la citada quebrada sin nombre hasta la desembocadura de la quebrada El Durazno; la quebrada El Durazno, desde su desembocadura en el río Huasco hasta el origen de su brazo oriente; la línea recta, desde el origen del brazo oriente de la quebrada El Durazno hasta la cota 1527; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Higuera, desde la cota 1527 hasta el cerro La Peineta, pasando por las cotas 1336, 1719, 2002 y 2351, y la loma de La Peineta; la poligonal que une la cota 2836, en el cerro La Peineta con la cota 2470, pasando por la cota 2459; y la línea de cumbres que limita por el poniente, el sur y el oriente la hoya de la quebrada San Lorenzo, desde la cota 2470 hasta la cota 2806, en la sierra de El Tabaco, pasando por las cotas 2441 y 2410, y por el portezuelo El Cura de las cartas Quebrada Las Cañas, 1era. Ed. 1967, Chañar Blanco, 1era. Ed. 1968 y Los Monteros, 1era. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Freirina Se excluye el sector correspondiente al área minera Los Cristales situado al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Romero, desde el cerro Blanco hasta la cota 1514, pasando por la loma de Los Cristales, el cerro Las Lajas, el trigonométrico Mollaca y la cota 1560; y la línea de cumbres que limita por el poniente y el norte la hoya de la quebrada Desvío Los Choros, desde la cota 1514 hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada de Los Molles (quebrada Almireces), pasando por la sierra del Pleito, la cota 1332, el cerro Negro de Cristales y las cotas 1540, 1449, 1404 y 1387, de la carta Incaguasi, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Alto del Carmen Se incluye el sector de la comuna de Vallenar situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada El Maitén, desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Pie de Gallo hasta la cota 1519, en el cordón Los Llanitos; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Arena, desde la cota 1519, en el cordón Los Llanitos hasta la cota 1082; la línea recta, desde la cota 1082 hasta el origen del brazo oriente de la quebrada sin nombre que desemboca en el río Huasco contigua a la localidad denominada Tres Cruces; dicha quebrada sin nombre, desde el origen de su brazo oriente hasta su desembocadura en el río Huasco; el río Huasco, desde la desembocadura de la citada quebrada sin nombre hasta la desembocadura de la quebrada El Durazno; la quebrada El Durazno, desde su desembocadura en el río Huasco hasta el origen de su brazo oriente; la línea recta, desde el origen del brazo oriente de la quebrada El Durazno hasta la cota 1527; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Higuera, desde la cota 1527 hasta el cerro La Peineta, pasando por las cotas 1336, 1719, 2002 y 2351, y la loma de La Peineta; la poligonal que une la cota 2836, en el cerro La Peineta con la cota 2470, pasando por la cota 2459; y la línea de cumbres que limita por el poniente, el sur y el oriente la hoya de la quebrada San Lorenzo, desde la cota 2470 hasta la cota 2806, en la sierra de El Tabaco, pasando por las cotas 2441 y 2410, y por el portezuelo El Cura de las cartas quebrada Las Cañas, 1era. Ed. 1967; Chañar Blanco, 1era. Ed. 1968, y Los Morteros, 1era. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 4°.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la IV Región de Coquimbo, fijada en el artículo 4° del decreto N° 1.204, del Ministerio del Interior, de 1980.
    1.- Provincia de Elqui
    a.- Comuna de La Serena Se incluye el sector de la comuna de Vicuña, situado al poniente del siguiente límite:
    La poligonal que une el cerro Rajo (cota 471), con el cerro La Campana, pasando por el cerro La Polla de las cartas Marquesa, reimpresión 1986, La Serena, 1era.
Ed. 1968 y Andacollo, 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Andacollo Se incluye el sector de la comuna de Ovalle, situado al norte y al oriente del siguiente límite:
    La poligonal que une el portezuelo Leñera y la cota 808, pasando por la cota 952; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada del Ingenio, y por el poniente las hoyas de las quebradas Campana y La Caldera, desde la cota 808 hasta la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada del Ingenio, pasando por los cerros Blanco y Campana, y las cotas 1053, 1123 y 1258, de la carta Embalse Recoleta, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Vicuña Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    La poligonal que une el cerro Rajo (cota 471), con el cerro La Campana, pasando por el cerro La Polla de las cartas Marquesa, reimpresión 1986, La Serena, 1era.
Ed. 1968 y Andacollo, 1era. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2.- Provincia de Limarí
    a.- Comuna de Ovalle
    1) Se incluye el sector de la comuna de Monte Patria, situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte y el poniente la hoya de la quebrada Tamelcura, desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Monte Patria hasta la intersección del lindero norte de la faja del camino de Ovalle a Monte Patria; los linderos norte y oriente de la faja del camino de Ovalle a Monte Patria, desde su intersección por la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Tamelcura hasta su intersección por la prolongación en línea recta del eje del camino del muro del embalse La Paloma; el eje del camino del muro del embalse La Paloma y su prolongación en línea recta, desde la intersección a la faja oriente del camino de Ovalle a Monte Patria hasta la intersección a la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Los Maitenes; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Los Maitenes, desde su intersección por la prolongación en línea recta del eje del camino del muro del embalse La Paloma hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada El Negro de la carta Ovalle, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al norte y al oriente del siguiente límite:
    La poligonal que une el portezuelo Leñera y la cota 808, pasando por la cota 952; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada del Ingenio y por el poniente las hoyas de las quebradas Campana y La Caldera, desde la cota 808 hasta la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada del Ingenio, pasando por los cerros Blanco y Campana, y las cotas 1053, 1123 y 1258, de la carta Embalse Recoleta, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se excluye el sector situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Higuerillas, desde el cerro La Parva hasta la cota 915, pasando por la cota 1096 y el cerro Tabaquero; la línea de cumbres que limita por el poniente la quebrada que desemboca en el río Hurtado al poniente de la localidad denominada Peñaflor desde la cota 915 hasta la puntilla de la citada línea de cumbres, contigua al río Hurtado; la línea recta, desde la puntilla de la línea de cumbres que limita por el poniente la quebrada que desemboca en el río Hurtado al poniente de la localidad denominada Peñaflor hasta la quebrada sin nombre que desemboca en el río Hurtado al sur y enfrente de la citada puntilla; la quebrada sin nombre mencionada, desde su desembocadura en el río Hurtado hasta su origen; la línea recta, desde el origen de dicha quebrada sin nombre hasta el cerro de las Brujas; la línea de cumbres que limita por el poniente y el sur las quebradas Bulrreme y La Mostaza, desde el cerro de las Brujas hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Hurtado, pasando por las cotas 1186, 1055, 980, 1107, 1121 y 1083, el cerro El Bellaco y las cotas 1165, 1415, 1637 y 1623 de las cartas Embalse Recoleta, 1era. Ed. 1968, Ovalle, 1era.
Ed. 1968 y Monte Patria, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Río Hurtado Se incluye el sector de la comuna de Ovalle situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Higuerillas; desde el cerro La Parva hasta la cota 915, pasando por la cota 1096 y el cerro Tabaquero; la línea de cumbres que limita por el poniente la quebrada que desemboca en el río Hurtado al poniente de la localidad denominada Peñaflor desde la cota 915 hasta la puntilla de la citada línea de cumbres, contigua al río Hurtado; la línea recta, desde la puntilla de la línea de cumbres que limita por el poniente la quebrada que desemboca en el río Hurtado al poniente de la localidad denominada Peñaflor hasta la quebrada sin nombre que desemboca en el río Hurtado al sur y enfrente de la citada puntilla; la quebrada sin nombre mencionada, desde su desembocadura en el río Hurtado hasta su origen; la línea recta, desde el origen de dicha quebrada sin nombre hasta el cerro de las Brujas; la línea de cumbres que limita por el poniente y el sur las quebradas Bulrreme y La Mostaza, desde el cerro de las Brujas hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Hurtado, pasando por las cotas 1186, 1055, 980, 1107, 1121 y 1083, el cerro El Bellaco y las cotas 1165, 1415, 1637 y 1623 de las cartas Embalse Recoleta, 1era. Ed. 1968, Ovalle, 1era.
Ed. 1968 y Monte Patria, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Monte Patria
    1) Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte y el poniente la hoya de la quebrada Tamelcura, desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Monte Patria hasta la intersección del lindero norte de la faja del camino de Ovalle a Monte Patria; los linderos norte y oriente de la faja del camino de Ovalle a Monte Patria, desde su intersección por la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Tamelcura hasta su intersección por la prolongación en línea recta del eje del camino del muro del embalse La Paloma; el eje del camino del muro del embalse La Paloma y su prolongación en línea recta, desde la intersección a la faja oriente del camino de Ovalle a Monte Patria hasta la intersección a la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Los Maitenes; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Los Maitenes, desde su intersección por la prolongación en línea recta del eje del camino del muro del embalse La Paloma hasta la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada El Negro de la carta Ovalle, 1era. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al sur y el poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada El Maitén, desde el cerro Nomuco hasta la cota 1183; la línea recta, desde la cota 1183 hasta la cota 1007; la línea de cumbres que limita por el poniente, el sur y el oriente la hoya de la quebrada Cárcamo, desde la cota 1007 hasta la cota 1586, pasando por el portezuelo Los Espinos; la línea de cumbres que limita por el norte las hoyas de las quebradas Los Mozos y Agua de las Vacas, desde la cota 1586 hasta la cota 1740; y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Los Socavones, desde la cota 1740 hasta el cerro Punta del Zorzal, de las cartas Guatulame, 1era. Ed. 1967, y Cogotí, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite.
    La línea de cumbres que limita por el norte y el oriente la hoya de la quebrada Las ñipas, desde el cerro Huilquilón hasta la puntilla contigua al río Cogotí, identificada con la cota 600; el río Cogotí, desde la puntilla identificada con la cota 600 hasta la desembocadura de la quebrada Nomuco; la quebrada Nomuco, desde su desembocadura en el río Cogotí hasta su origen; y la línea recta, desde el origen de la quebrada Nomuco hasta el cerro Nomuco de las cartas Mantos de Punitaqui, 1era. Ed. 1967, y Guatulame, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de Punitaqui Se excluye el sector situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada El Almendro, desde la cota 1242 hasta el cerro Negro, pasando por los cerros Veta de Hierro, El Almendro y Agua del León, y por las cotas 1003, 1026 y 1129; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Tebo, y por el poniente y el norte la hoya de la quebrada del Quillay, desde el cerro Negro hasta la cota 732, pasando por el cerro Punta Alta, la punta El Maqui Chamizal y el cerro El Chamizal; la línea recta que une la cota 732 y el cerro Punta Alta de la Cueva del León; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Punitaqui, desde el cerro Punta Alta de la Cueva del León hasta la cota 949; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada Los Arrayanes, desde la cota 949 hasta el cerro Las Salvias, la línea recta, desde el cerro Las Salvias hasta el origen de la quebrada sin nombre que desemboca en la quebrada Los Mantos, contigua a la localidad denominada Salto del Agua; dicha quebrada sin nombre, desde su origen hasta su desembocadura en la quebrada Los Mantos; la quebrada Los Mantos, desde la desembocadura de la quebrada sin nombre, contigua a la localidad Salto del Agua hasta la confluencia de las quebradas Boyén y Marai; la quebrada Boyén, desde su confluencia con la quebrada Marai hasta su confluencia con la quebrada La Bellaca; la quebrada La Bellaca, desde su confluencia con la quebrada Boyén hasta el origen de su brazo contiguo al trigonométrico Guaquelón; y la línea recta, desde el origen del brazo de la quebrada La Bellaca, contigua al trigonométrico Guaquelón, hasta dicho trigonométrico de las cartas San Pedro de Quiles, 1era. Ed. 1967; Punitaqui, 1era. Ed. 1968, y Mantos de Punitaqui, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de Combarbalá
    1) Se incluye el sector de la comuna de Monte Patria situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada El Maitén, desde el cerro Nomuco hasta la cota 1183; la línea recta, desde la cota 1183 hasta la cota 1007; la línea de cumbres que limita por el poniente, el sur y el oriente la hoya de la quebrada Cárcamo, desde la cota 1007 hasta la cota 1586, pasando por el portezuelo Los Espinos; la línea de cumbres que limita por el norte las hoyas de las quebradas Los Mozos y Agua de Las Vacas, desde la cota 1586 hasta la cota 1740; y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Los Socavones, desde la cota 1740 hasta el cerro Punta del Zorzal de las cartas Guatulame, 1era. Ed. 1967 y Cogotí, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna Monte Patria situado al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte y el oriente la hoya de la quebrada Las Ñipas, desde el cerro Huilquilón hasta la puntilla contigua al río Cogotí, identificada con la cota 600; el río Cogotí, desde la puntilla identificada con la cota 600 hasta la desembocadura de la quebrada Nomuco; la quebrada Nomuco, desde su desembocadura en el río Cogotí hasta su origen; y la línea recta, desde el origen de la quebrada Nomuco hasta el cerro Nomuco de las cartas Mantos de Punitaqui, 1era. Ed. 1967 y Guatulame, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se incluye el sector de la comuna de Punitaqui situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada El Almendro, desde la cota 1242 hasta el cerro Negro, pasando por los cerros Veta de Hierro, El Almendro y Agua del León, y por las cotas 1003, 1026 y 1129; la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Tebo, y por el poniente y el norte la hoya de la quebrada del Quillay, desde el cerro Negro hasta la cota 732, pasando por el cerro Punta Alta, la punta El Maqui Chamizal y el cerro El Chamizal; la línea recta que une la cota 732 y el cerro Punta Alta de la Cueva del León; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del estero Punitaqui, desde el cerro Punta Alta de la Cueva del León hasta la cota 949; la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada Los Arrayanes, desde la cota 949 hasta el cerro Las Salvias; la línea recta, desde el cerro Las Salvias hasta el origen de la quebrada sin nombre que desemboca en la quebrada Los Mantos, contigua a la localidad denominada Salto del Agua; dicha quebrada sin nombre, desde su origen hasta su desembocadura en la quebrada Los Mantos; la quebrada Los Mantos, desde la desembocadura de la quebrada sin nombre, contigua a la localidad Salto del Agua hasta la confluencia de las quebradas Boyén y Marai; la quebrada Boyén, desde su confluencia con la quebrada Marai hasta su confluencia con la quebrada La Bellaca; la quebrada La Bellaca, desde su confluencia con la quebrada Boyén hasta el origen de su brazo contiguo al trigonométrico Guaquelón; y la línea recta, desde el origen del brazo de la quebrada La Bellaca, contiguo al trigonométrico Guaquelón, hasta dicho trigonométrico de las cartas San Pedro de Quiles, 1era. Ed. 1967; Punitaqui, 1era. Ed. 1968, y Mantos de Punitaqui, 1era. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 5°.- Trasládase la capital de la comuna de Río Hurtado, de la provincia de Limarí, de la IV Región de Coquimbo, a Samo Alto.

    Artículo 6°.- Sustitúyese la denominación de la comuna de Mincha de la provincia de Choapa, de la IV Región de Coquimbo, por comuna de Canela.

    Artículo 7°.- Modifícase la división comunal de la provincia que se indica, de la V Región de Valparaíso, fijada en el artículo 1° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980:
    Provincia de Quillota
    a.- Comuna de Calera Se incluye el sector de la comuna de Hijuelas situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    El río Aconcagua, desde la puntilla Las Cabritas hasta la puntilla Pachacama; y la línea de cumbres, desde la puntilla Pachacama hasta la cota 1087, pasando por la loma Chorrillos, de la carta La Calera, 1era. Ed. 1978, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Hijuelas Se excluye el sector situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    El río Aconcagua, desde la puntilla Las Cabritas hasta la puntilla Pachacama; y la línea de cumbres, desde la puntilla Pachacama hasta la cota 1087, pasando por la loma Chorrillos, de la carta La Calera, 1era. Ed. 1978, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    Artículo 8°.- Trasládase la capital de la comuna de Limache, de la provincia de Quillota, de la V Región de Valparaíso, a Limache.

    Artículo 9°.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, fijada en el artículo 2° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Cachapoal
    a.- Comuna de Requínoa Se incluye el sector de la comuna de Rengo, situado al norte y al oriente del siguiente límite:
    El lindero de los predios La Lechería parcela 16 sitio 18 (rol 233-268), La Lechería parcela 17 sitio 17 (rol 233-269), La Lechería parcela 21 sitio 25 (rol 233-273), Reserva El Molino Viejo (rol 233-79), La Lechería parcela 23 sitio 21 (rol 233-276) y Parque Pichiguao (rol 233-80), desde el lindero poniente del predio Totihue parcela 5 (rol 233-187) hasta la carretera Panamericana; y la carretera Panamericana, desde el lindero sur del predio Parque de Pichiguao (rol 233-80) hasta el lindero sur del predio Las Rosas parcela 62 sitio 43 (rol 32-82). Fotomosaicos 3410-7030 E y 3410-7030 B, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985 y la carta Rengo 1era. Ed. 1975, reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Rengo
    1) Se incluye el sector de la comuna de Malloa situado al sur del siguiente límite:
    El lindero poniente del predio Viña Santa Natalia hijuelas 3 (rol 126-2), desde el río Claro hasta el lindero poniente del predio Estuche de Santa Julia (rol 127-7); los linderos poniente y sur del predio Estuche de Santa Julia y el lindero sur del predio La Engorda (rol 127-35), desde el lindero poniente del predio Viña Santa Natalia hijuela 3 (rol 126-2) hasta el lindero oriente del predio La Insula (rol 208-100); y el lindero oriente del predio La Insula, desde el lindero sur del predio La Engorda (rol 127-35) hasta la puntilla de Panquehue o San Lorenzo. Fotomosaico 3410-7030 D escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Rengo 1era. Ed. 1975, reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al norte y al oriente del siguiente límite:
    El lindero sur de los predios La Lechería parcela 16 sitio 18 (rol 233-268), La Lechería parcela 17 sitio 17 (rol 233-269), La Lechería parcela 21 sitio 25 (rol 233-273), Reserva El Molino Viejo (rol 233-79), La Lechería parcela 23 sitio 21 (rol 233-276) y Parque de Pichiguao (rol 233-80), desde el lindero poniente del predio Totihue parcela 5 (rol 233-187) hasta la carretera Panamericana; y la carretera Panamericana, desde el lindero sur del predio Parque Pichiguao (rol 233-80) hasta el lindero sur del predio Las Rosas parcela 62 sitio 43 (rol 32-82). Fotomosaicos 3410-7030 E y 3410-7030 B, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Rengo 1era. Ed. 1975, reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    Los linderos oriente y norte del predio San Juan Pataguas parcela 4 (rol 207-91), desde la línea de cumbres que une el cerro Valle Hermoso con el cerro San Luis hasta el lindero norte del predio San Juan Pataguas parcela 3 (rol 207-90); los linderos norte y poniente del predio San Juan Pataguas parcela 3, desde el lindero norte del predio San Juan Pataguas parcela 4 (rol 207-91) hasta el canal San Luis; el canal San Luis desde el lindero poniente del predio San Juan Pataguas parcela 3 (rol 207-90) hasta el lindero oriente del predio San Juan Pataguas parcela 1 (rol 207-86), cruzando la carretera Panamericana; los linderos oriente y sur del predio San Juan Pataguas parcela 1, desde el canal San Luis hasta el lindero sur del predio El Socorro parcela 6 (rol 208-109); y el lindero sur del predio El Socorro parcela 6, desde el lindero sur del predio San Juan Pataguas parcela 1 (rol 207-86) hasta la cumbre del cerro Chapetón. Fotomosaico 3410-7030 D, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Rengo reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Malloa
    1) Se incluye el sector de la comuna de San Fernando situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente y el sur la hoya del estero Rigolemo, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Claro hasta el cerro Potrero Ancho, pasando por el trigonométrico Punta del Diablo y el cerro Las Romazas; la línea recta, desde el cerro Potrero Ancho hasta el origen del brazo sur de la quebrada Los Perales; la quebrada Los Perales, desde el origen de su brazo sur hasta su desembocadura en el estero Rigolemo; el estero Rigolemo, desde la desembocadura de la quebrada Los Perales hasta el puente del ferrocarril longitudinal; y la línea recta, desde el puente del ferrocarril longitudinal sobre el estero Rigolemo hasta la cota 405, en el cordón de los cerros de Malloa de las cartas Río Clarillo 1ra. Ed. 1975; San Fernando 2a. Ed. 1982 y Rengo reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Rengo situado al sur del siguiente límite:
    Los linderos oriente y norte del predio San Juan Pataguas parcela 4 (rol 207-91), desde la línea de cumbres que une el cerro Valle Hermoso con el cerro San Luis hasta el lindero norte del predio San Juan Pataguas parcela 3 (rol 207-90); los linderos norte y poniente del predio San Juan Pataguas parcela 3, desde el lindero norte del predio San Juan Pataguas parcela 4 (rol 207-91) hasta el canal San Luis; el canal San Luis, desde el lindero poniente del predio San Juan Pataguas parcela 3 (rol 207-90) hasta el lindero oriente del predio San Juan Pataguas parcela 1 (rol 207-86), cruzando la carretera Panamericana; los linderos oriente y sur del predio San Juan Pataguas parcela 1, desde el canal San Luis hasta el lindero sur del predio El Socorro parcela 6 (rol 208-109); y el lindero sur del predio El Socorro parcela 6, desde el lindero sur del predio San Juan Pataguas parcela 1 (rol 207-86) hasta la cumbre del cerro Chapetón. Fotomosaico 3410-7030 D escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985 y la carta Rengo reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    El lindero poniente del predio Viña Santa Natalia hijuela 3 (rol 126-2), desde el río Claro hasta el lindero poniente del predio Estuche de Santa Julia (rol 127-7); los linderos poniente y sur del predio Estuche de Santa Julia y el lindero sur del predio La Engorda (rol 127-35), desde el lindero poniente del predio Viña Santa Natalia hijuela 3 (rol 126-2) hasta el lindero oriente del predio La Insula (rol 208-100); y el lindero oriente del predio La Insula, desde el lindero sur del predio La Engorda (rol 127-35) hasta la puntilla de Panquehue o San Lorenzo. Fotomosaico 3410-7030 D escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Rengo 1ra. Ed. 1975 reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de Quinta de Tilcoco Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    El río Claro, desde el camino de Corcolén a Alto del Río hasta el límite intercomunal vigente Quinta de Tilcoco-San Vicente, correspondiente al lindero poniente del predio Naranjal parcela 18 sitio 9 (rol 251-84), de la carta San Vicente de Taguatagua 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de San Vicente Se incluye el sector de la comuna de Quinta de Tilcoco situado al sur del siguiente límite:
    El río Claro, desde el camino de Corcolén a Alto del Río hasta el límite intercomunal vigente San Vicente-Quinta de Tilcoco, correspondiente al lindero poniente del predio Naranjal parcela 18 sitio 9 (rol 251-84) de la carta San Vicente de Taguatagua 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    f.- Comuna de Coltauco Se excluye el sector situado al oriente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio El Portillo (rol 111-2), desde el río Cachapoal hasta el lindero sur del predio Viña La Cruz (rol 110-4); y los linderos sur y oriente del predio Viña La Cruz, desde el lindero norte del predio El Portillo (rol 111-2) hasta el lindero sur del predio San Gregorio (rol 107-24), en la línea de cumbres del cerrillo de Doñihue. Fotomosaico 3410-7030 A escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985.
    g.- Comuna de Doñihue Se incluye el sector de la comuna de Coltauco situado al oriente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio El Portillo (rol 111-2), desde el río Cachapoal hasta el lindero sur del predio Viña La Cruz (rol 110-4); y los linderos sur y oriente del predio Viña La Cruz, desde el lindero norte del predio El Portillo (rol 111-2) hasta el lindero sur del predio San Gregorio (rol 107-24), en la línea de cumbres del cerrillo de Doñihue. Fotomosaico 3410-7030 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985.
    2.- Provincia de Colchagua
    a.- Comuna de San Fernando Se excluye el sector situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el oriente y el sur la hoya del estero Rigolemo, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del río Claro hasta el cerro Potrero Ancho, pasando por el trigonométrico Punta del Diablo y el cerro Las Romazas; la línea recta desde el cerro Potrero Ancho hasta el origen del brazo sur de la quebrada Los Perales; la quebrada Los Perales, desde el origen de su brazo sur hasta su desembocadura en el estero Rigolemo; el estero Rigolemo, desde la desembocadura de la quebrada Los Perales hasta el puente del ferrocarril longitudinal; y la línea recta, desde el puente del ferrocarril longitudinal sobre el estero Rigolemo hasta la cota 405, en el cordón de los cerros de Malloa de las cartas Río Clarillo 1ra. Ed. 1975; San Fernando 2a. Ed. 1982, y Rengo reimpresión 1986, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Chimbarongo Se incluye el sector de la comuna de Chépica situado al sur, al oriente y al norte del siguiente límite:
    La línea de cumbres, desde el trigonométrico Viento hasta el lindero norte del predio San José de Toro hijuela 5-B (rol 238-42); los linderos norte y poniente del predio San José de Toro hijuela 5-B, desde la línea de cumbres del trigonométrico Viento hasta el lindero norte del predio San José de Toro hijuela 5-C (rol 238-43); los linderos norte y poniente del predio San José de Toro hijuela 5-C, desde el lindero poniente del predio San José de Toro hijuela 5-B (rol 238-42) hasta el lindero oriente del predio San José de Toro parcela 2 (rol 238-23); los linderos oriente y norte del predio San José de Toro parcela 2, desde el lindero poniente del predio San José de Toro hijuela 5-C (rol 238-43) hasta el estero Chimbarongo; y el estero Chimbarongo, desde el lindero norte del predio San José de Toro parcela 2 (rol 238-23) hasta el lindero oriente del predio fundo Quinta (rol 244-17). Fotomosaicos 3430-7100 E y 3430-7100 F escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985, y las cartas Chimbarongo 1ra. Ed. 1984 y Curicó 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Nancagua
    1) Se incluye el sector de la comuna de Santa Cruz situado al sur, al oriente y al norte del siguiente límite:
    El río Tinguiririca, desde la puntilla sur poniente de los cerros de Nancagua hasta el lindero oriente del predio Las Marías (rol 54-9); el lindero oriente de los predios Las Marías, Agua Clara Parrones (rol 54-8), La Viña lote 11 (rol 1153-213), La Viña lote 10 (rol 1153-212), La Viña lote 8 (rol 1153-211), y Patagua (rol 54-2), desde el río Tinguiririca hasta la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz; la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz, desde el lindero oriente del predio Patagua (rol 54-2) hasta su intersección por la prolongación en línea recta del lindero norponiente del predio San Carlos (rol 153-11); el lindero norponiente del predio San Carlos, y su prolongación en línea recta, desde la intersección a la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz hasta el lindero norponiente del predio El Huape parcela 37 (rol 153-102); el lindero norponiente del predio El Huape parcela 37, y su prolongación en línea recta, desde el lindero norponiente del predio San Carlos (rol 153-11) hasta el estero Chimbarongo; y el estero Chimbarongo, desde la prolongación en línea recta del lindero norponiente del predio El Huape parcela 37 (rol 153-102) hasta la desembocadura del estero Las Toscas. Fotomosaicos 3430-7100 B y 3430-7100 E escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985 y las cartas Santa Cruz 1ra. Ed. 1968 y Chimbarongo 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Chépica situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    El estero Chimbarongo, desde el puente sobre dicho estero, del camino de Auquinco a Nancagua hasta el lindero norte del predio San José de Toro parcela 2 (rol 238-23); los linderos norte y oriente del predio San José de Toro parcela 2, desde el estero Chimbarongo hasta el lindero poniente del predio San José de Toro hijuela 5-C (rol 238-43); los linderos poniente y norte del predio San José de Toro hijuela 5-C, desde el lindero oriente del predio San José de Toro parcela 2 (rol 238-23) hasta el lindero poniente del predio San José de Toro hijuela 5-B (rol 238-42); y los linderos poniente y norte del predio San José de Toro hijuela 5-B, desde el lindero norte del predio San José de Toro hijuela 5-C (rol 238-43) hasta la línea de cumbres del trigonométrico Viento. Fotomosaicos 3430-7100 E y 3430-7100 F escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985, y las cartas Chimbarongo 1ra. Ed. 1984 y Curicó 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de Chépica
    1) Se incluye el sector de la comuna Santa Cruz situado al sur, al oriente y al norte del siguiente límite:
    El estero Chimbarongo, desde la desembocadura del estero Las Toscas hasta el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14 (rol 152-68); el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14, desde el estero Chimbarongo hasta el lindero norte del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22 (rol 152-67); los linderos norte y poniente del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22, desde el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14 (rol 152-68) hasta el estero Uva Blanca; y el estero Uva Blanca, desde el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22 (rol 152-67) hasta el camino a La Mina. Fotomosaico 3430-7100 E escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y las cartas Chimbarongo 1ra. Ed. 1984 y Santa Cruz 1ra. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    El estero Chimbarongo, desde el puente sobre dicho estero, del camino de Auquinco a Nancagua hasta el lindero oriente del predio fundo Quinta (rol 244-17). Fotomosaicos 3430-7100 E y 3430-7100 F escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985, y las cartas Chimbarongo 1ra. Ed. 1984 y Curicó 1ra. Ed. 1984, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de Santa Cruz
    1) Se incluye el sector de la comuna de Palmilla situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte de los predios La Puerta parcela 4 (rol 519-7), la Puerta parcela 8 (rol 519-10), La Puerta parcela 12 (rol 519-34); y La Puerta parcela 13 (rol 519-35), desde el estero Chimbarongo hasta el lindero norte del predio La Puerta parcela 28 (rol 60-197); el lindero norte de los predios La Puerta parcela 28 (rol 60-197), La Puerta parcela 27 (rol 60-196), La Puerta parcela 26 (rol 60-195), La Puerta parcela 25 (rol 60-194), La Puerta parcela 24 (rol 60-193), La Puerta parcela 23 (rol 60-192), La Puerta parcela 22 (rol 60-191), y La Puerta parcela 21 (rol 60-190), y su prolongación en línea recta, desde el lindero norte del predio La Puerta parcela 13 (rol 519-35) hasta el estero Chimbarongo; y el estero Chimbarongo, desde la prolongación en línea recta del lindero norte del predio La Puerta parcela 21 (rol 60-190), hasta la prolongación en línea recta del camino de La Puerta. Fotomosaico 3430-7100 A escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985 y la carta Santa Cruz 1ra. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al sur, al oriente y al norte del siguiente límite:
    El río Tinguiririca, desde la puntilla sur poniente de los cerros de Nancagua hasta el lindero oriente del predio Las Marías (rol 54-9); el lindero oriente de los predios Las Marías, Agua Clara Parrones (rol 54-8), La Viña lote 11 (rol 1153-213), La Viña lote 10 (rol 1153-212), La Viña lote 8 (rol 1153-211) y Patagua (rol 54-2), desde el río Tinguiririca hasta la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz; la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz, desde el lindero oriente del predio Patagua (rol 54-2) hasta su intersección por la prolongación en línea recta del lindero norponiente del predio San Carlos (rol 153-11); el lindero norponiente del predio San Carlos, y su prolongación en línea recta, desde la intersección a la faja norte del camino de Nancagua a Santa Cruz hasta el lindero norponiente del predio El Huape parcela 37 (rol 153-102); el lindero norponiente del predio El Huape parcela 37, y su prolongación en línea recta, desde el lindero norponiente del predio San Carlos (rol 153-11) hasta el estero Chimbarongo; el estero Chimbarongo, desde la prolongación en línea recta del lindero norponiente del predio El Huape parcela 37 (rol 153-102) hasta el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14 (rol 152-68); el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14, desde el estero Chimbarongo hasta el lindero norte del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22 (rol 152-67); los linderos norte y poniente del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22, desde el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 43 sitio 14 (rol 152-68) hasta el estero Uva Blanca; y el estero Uva Blanca, desde el lindero poniente del predio Santa Juana parcela 42 sitio 22 (rol 152-67) hasta el camino a La Mina. Fotomosaico 3430-7100 B y 3430-7100 E escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1985, y las cartas Chimbarongo 1ra. Ed. 1984 y Santa Cruz 1ra. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    f.- Comuna de Palmilla Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte de los predios La Puerta parcela 4 (rol 519-7), La Puerta parcela 8 (rol 519-10), La Puerta parcela 12 (rol 519-34) y La Puerta parcela 13 (rol 519-35), desde el estero Chimbarongo hasta el lindero norte del predio La Puerta parcela 28 (rol 60-197); el lindero norte de los predios La Puerta parcela 28 (rol 60-197), La Puerta parcela 27 (rol 60-196), La Puerta parcela 26 (rol 60-195), La Puerta parcela 25 (rol 60-194), La Puerta parcela 24 (rol 60-193), La Puerta parcela 23 (rol 60-192), La Puerta parcela 22 (rol 60-191), y La Puerta parcela 21 (rol 60-190), y su prolongación en línea recta, desde el lindero norte del predio La Puerta parcela 13 (rol 519-35) hasta el estero Chimbarongo; y el estero Chimbarongo, desde la prolongación en línea recta del lindero norte del predio La Puerta parcela 21 (rol 60-190), hasta la prolongación en línea recta del camino de La Puerta. Fotomosaico 3430-7100 A escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985 y la carta Santa Cruz 1ra. Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3.- Provincia Cardenal Caro
    a.- Comuna de Pichilemu
    1) Se incluye el sector de la comuna de Marchihue situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La quebrada del Peral, desde el lindero entre los predios agrupados en VP-B, Mz-1138 y VP-A, Mz-1136, hasta el origen de su brazo oriente; y la línea recta, desde el origen del brazo oriente de la quebrada del Peral hasta el trigonométrico Placetas. Fotomosaico 3410-7130 E escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1980 y la carta San Antonio de Petrel 1ra. Ed. 1966, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al sur y al oriente del siguiente límite:
    El estero Nilahue, desde la desembocadura de la quebrada Los Lunes hasta el lindero oriente del predio El Maqui (rol 45-29); y el lindero oriente de los predios El Maqui y Los Tréboles (rol 45-46), desde el estero Nilahue hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero Nilahue. Fotomosaico 3430-7130 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Paredones 1ra. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Marchihue Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La quebrada del Peral, desde el lindero entre los predios agrupados en VP-B, Mz-1138 y VP-A, Mz-1136, hasta el origen de su brazo oriente; y la línea recta, desde el origen del brazo oriente de la quebrada del Peral hasta el trigonométrico Placetas. Fotomosaico 3410-7130 E escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1980, y la carta San Antonio de Petrel 1ra. Ed. 1966, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Paredones
    1) Se incluye el sector de la comuna de Pichilemu situado al sur y al oriente del siguiente límite:
    El estero Nilahue, desde la desembocadura de la quebrada Los Lunes hasta el lindero oriente del predio El Maqui (rol 45-29); y el lindero oriente de los predios El Maqui y Los Tréboles (rol 45-46), desde el estero Nilahue hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero Nilahue. Fotomosaico 3430-7130 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1985, y la carta Paredones 1ra. Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    La laguna Boyeruca, desde su desembocadura en el Mar Chileno hasta la desembocadura del estero Las Garzas; y el estero Las Garzas, desde su desembocadura en la laguna Boyeruca hasta el estero San Pedro de Alcántara de las cartas Bucalemu 1ra. Ed. 1965 y Paredones 1ra.
Ed. 1967 escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 10.- Modifícase la división comunal de la provincia que se indica, de la VII Región del Maule, fijada en el artículo 3° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980: Provincia de Curicó Comuna de Vichuquén Se incluye el sector de la comuna de Paredones situado al sur del siguiente límite:
    La laguna Boyeruca, desde su desembocadura en el Mar Chileno hasta la desembocadura del estero Las Garzas; y el estero Las Garzas, desde su desembocadura en la laguna Boyeruca hasta el estero San Pedro de Alcántara de las cartas Bucalemu 1ra. Ed. 1965 y Paredones 1ra.
Ed. 1967, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 11.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la VIII Región del Biobío, fijada en el artículo 4° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Ñuble
    a.- Comuna de Chillán
    1) Se incluye el sector de la comuna de Coihueco situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-20), desde el lindero oriente del predio (rol 2211-7) hasta el lindero poniente del predio Los Guindos (rol 98-5); los linderos poniente y norte del predio Los Guindos (rol 98-5), desde el lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-20) hasta el lindero sur del predio El Maitén (rol 98-7); los linderos sur y oriente del predio El Maitén (rol 98-7), desde el lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-5) hasta el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1); el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1), desde el lindero oriente del predio El Maitén (rol 98-7) hasta el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42); el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42), desde el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1) hasta el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45); el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45), desde el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42) hasta el lindero poniente del predio La Quintita (rol 100-43); y el lindero poniente del predio La Quintita (rol 100-43), y su prolongación en línea recta, desde el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45) hasta el río Chillán. Fotomosaicos 3630-7200 C y 3630-7130 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979.
    2) Se excluye el sector situado al norte del siguiente límite:
    El río Ñuble, desde la desembocadura del estero Cucha hasta el topónimo denominado Puente El Ala, de las cartas Bulnes 1ra. Ed. 1962 y Chillán 1ra. Ed. 1962, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Coihueco Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-20), desde el lindero oriente del predio (rol 2211-7) hasta el lindero poniente del predio Los Guindos (rol 98-5); los linderos poniente y norte del predio Los Guindos (rol 98-5), desde el lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-20) hasta el lindero sur del predio El Maitén (rol 98-7); los linderos sur y oriente del predio El Maitén (rol 98-7), desde el lindero norte del predio Los Guindos (rol 98-5) hasta el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1); el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1), desde el lindero oriente del predio El Maitén (rol 98-7) hasta el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42); el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42), desde el lindero sur del predio El Maitén Grande (rol 99-1) hasta el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45); el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45), desde el lindero sur del predio Los Puquios (rol 99-42) hasta el lindero poniente del predio La Quintita (rol 100-43); y el lindero poniente del predio La Quintita (rol 100-43), y su prolongación en línea recta, desde el lindero poniente del predio Pilmaiquén (rol 100-45) hasta el río Chillán. Fotomosaicos 3630-7200 C y 3630-7130 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979.
    c.- Comuna de Quillón Se excluye el sector situado al oriente, al sur y al poniente del siguiente límite:
    El camino de Yumbel a Florida, por Paso Hondo, desde el río Claro hasta el lindero poniente del predio El Carmen (rol 1099-72); los linderos poniente y norte del predio El Carmen, desde el camino de Yumbel a Florida, por Paso Hondo, hasta el lindero norte del predio Las Yeguas (rol 1099-73); el lindero norte del predio Las Yeguas, desde el lindero norte del predio El Carmen (rol 1099-72) hasta el lindero poniente del predio Las Pataguas de Quinel (rol 1099-75); los linderos poniente, norte y oriente del predio Las Pataguas de Quinel, desde el lindero norte del predio Las Yeguas (rol 1099-73) hasta el lindero norte del predio El Naranjo (rol 1099-70); y el lindero norte del predio El Naranjo, desde el lindero oriente del predio Las Pataguas de Quinel (rol 1099-75) hasta el lindero norte del predio Paredones (rol 256-12). Fotomosaicos 3650-7230 C y 3650-7200 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979, y las cartas Florida 1ra. Ed. 1965 y Cerro Negro 1ra. Ed. 1965, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de Portezuelo Se excluye el sector de la comuna de Chillán situado al poniente del siguiente límite:
    El estero Coronta, desde su desembocadura en el estero Guampulle hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Coronta hasta el origen del estero Cucha; y el estero Cucha, desde su origen hasta su desembocadura en el río Ñuble de la carta Bulnes 1ra.
Ed. 1975 reimpresión 1978, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de San Nicolás Se incluye el sector de la comuna de Chillán situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    El estero Coronta, desde su desembocadura en el estero Guampulle hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Coronta hasta el origen del estero Cucha; el estero Cucha, desde su origen hasta su desembocadura en el río Ñuble; y el río Ñuble, desde la desembocadura del estero Cucha hasta el topónimo denominado Puente El Ala, de las cartas Bulnes 1ra. Ed. 1975 reimpresión 1978 y Chillán 1ra. Ed. 1962, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2.- Provincia de Biobío
    a.- Comuna de Los Angeles Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    El estero Cachapoal, desde el camino de Los Angeles a Yumbel hasta la desembocadura de su brazo oriente en el río Laja de las cartas Yumbel 1ra. Ed. 1969; Nacimiento 1ra. Ed. 1969, y Los Angeles 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Cabrero
    1) Se incluye el sector de la comuna de Quillón situado al oriente, al sur y al poniente del siguiente límite:
    El camino de Yumbel a Florida, por Paso Hondo, desde el río Claro hasta el lindero poniente del predio El Carmen (rol 1099-72); los linderos poniente y norte del predio El Carmen, desde el camino de Yumbel a Florida, por Paso Hondo, hasta el lindero norte del predio Las Yeguas (rol 1099-73); el lindero norte del predio Las Yeguas, desde el lindero norte del predio El Carmen (rol 1099-72) hasta el lindero poniente del predio Las Pataguas de Quinel (rol 1099-75); los linderos poniente, norte y oriente del predio Las Pataguas de Quinel, desde el lindero norte del predio Las Yeguas (rol 1099-73) hasta el lindero norte del predio El Naranjo (rol 1099-70); y el lindero norte del predio El Naranjo (rol 1099-70), desde el lindero oriente del predio Las Pataguas de Quinel (rol 1099-75) hasta el lindero norte del predio Paredones (rol 256-12). Fotomosaicos 3650-7230 C 3650-7200 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1979 y las cartas Florida 1ra. Ed. 1965 y Cerro Negro 1ra. Ed. 1965, escala 1.50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    El lindero oriente del predio El Salto (rol 358-47), y su prolongación en línea recta, desde el río Laja hasta el lindero oriente del predio Hacienda La Aguada (rol 358-33). Fotomosaico 3710-7200 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1979, y la carta Cabrero 1ra.
Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Nacimiento Se excluye el sector situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    El estero Las Minas, desde su desembocadura en el río Rele o Rely hasta su intersección por la prolongación en línea recta del camino de Lagunillas a Carrizal; el camino de Lagunillas a Carrizal y su prolongación en línea recta, desde el estero Las Minas hasta su intersección por el camino de Palihue a Colico, pasando por la cota 220; el camino de Palihue a Colico y su prolongación en línea recta, desde su intersección por el camino de Lagunillas a Carrizal hasta el río Culenco; y el río Culenco, desde la prolongación en línea recta del camino de Palihue a Colico hasta el estero Chamizal de la carta San Jerónimo 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de Laja Se incluye el sector de la comuna de Los Angeles situado al poniente del siguiente límite:
    El estero Cachapoal, desde el camino de Los Angeles a Yumbel hasta la desembocadura de su brazo oriente en el río Laja de las cartas Yumbel 1ra. Ed. 1969; Nacimiento 1ra. Ed. 1969, y Los Angeles 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de Yumbel Se incluye el sector de la comuna de Cabrero situado al poniente del siguiente límite:
    El lindero oriente del predio El Salto (rol 358-47), y su prolongación en línea recta, desde el río Laja hasta el lindero oriente del predio Hacienda La Aguada (rol 358-33). Fotomosaico 3710-7200 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1979, y la carta Cabrero 1ra.
Ed. 1968, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3.- Provincia de Concepción
    a.- Comuna de Santa Juana
    1) se incluye el sector de la comuna de Nacimiento situado al poniente y al norte del siguiente límite:
    El estero Las Minas, desde su desembocadura en el río Rele o Rely hasta su intersección por la prolongación en línea recta del camino de Lagunillas a Carrizal; el camino de Lagunillas a Carrizal, y su prolongación en línea recta, desde el estero Las Minas hasta su intersección por el camino de Palihue a Colico, pasando por la cota 220; el camino de Palihue a Colico, y su prolongación en línea recta, desde su intersección por el camino de Lagunillas a Carrizal hasta el río Culenco; y el río Culenco, desde la prolongación en línea recta del camino de Palihue a Colico hasta el estero Chamizal de la carta San Jerónimo 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Lota situado al oriente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada La Engorda, desde la intersección del antiguo camino de Arauco a Santa Juana, por el meridiano astronómico de la cota 665 hasta el cerro Centinela; la poligonal que une el cerro Centinela con la desembocadura en el río Lía del estero sin nombre situado inmediatamente al poniente del monte Redondo, pasando por el monte Redondo; y el río Lía, desde la desembocadura del estero sin nombre mencionado hasta su origen, de la carta Coronel 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Lota Se excluye el sector situado al oriente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada La Engorda, desde la intersección del antiguo camino de Arauco a Santa Juana, por el meridiano astronómico de la cota 665 hasta el cerro Centinela; la poligonal que une el cerro Centinela con la desembocadura en el río Lía del estero sin nombre situado inmediatamente al poniente del monte Redondo, pasando por el monte Redondo; y el río Lía, desde la desembocadura del estero sin nombre mencionado hasta su origen, de la carta Coronel 1ra. Ed. 1969, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    4.- Provincia de Arauco.
    a.- Comuna de Cañete Se incluye el sector de la comuna de Contulmo situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte, el poniente y el sur las hoyas hidrográficas de las quebradas Riscos y Bandurrias; desde la punta Zorras, en el lago Lanalhue hasta la cota 472, pasando por el cerro Lincuyin y por las cotas 305, 522, 549, 428 y 480, y por el cerro Tranguilvoro; la línea de cumbres que limita por el oriente y el sur la hoya hidrográfica del estero Buchoco, desde la cota 472 hasta la cota 533, pasando por las cotas 371, 431 y 513; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Pocuno, desde la cota 533 hasta la cota 617, pasando por la cota 607; la línea recta, desde la cota 617 hasta el origen de la quebrada El Salto; la quebrada El Salto, desde su origen hasta su desembocadura en el estero Coihueco; y el estero Coihueco, desde la desembocadura de la quebrada El Salto hasta su desembocadura en el lago Lleulleu de las cartas Cañete 1ra. Ed. 1969; Lago Lleulleu 1ra. Ed. 1969 y Purén 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Contulmo Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres que limita por el norte, el poniente y el sur las hoyas hidrográficas de las quebradas Riscos y Bandurrias, desde la punta Zorras, en el lago Lanalhue hasta la cota 472, pasando por el cerro Lincuyin y por las cotas 305, 522, 549, 428, y 480 y por el cerro Tranguilvoro; la línea de cumbres que limita por el oriente y el sur la hoya hidrográfica del estero Buchoco, desde la cota 472 hasta la cota 533, pasando por las cotas 371, 431 y 513; la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Pocuno, desde la cota 533 hasta la cota 617, pasando por la cota 607; la línea recta, desde la cota 617 hasta el origen de la quebrada El Salto; la quebrada El Salto, desde su origen hasta su desembocadura en el estero Coihueco; y el estero Coihueco, desde la desembocadura de la quebrada El Salto hasta su desembocadura en el lago Lleulleu de las cartas Cañete 1ra. Ed. 1969; Lago Lleulleu 1ra. Ed. 1969, y Purén 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 12.- Cámbiase la denominación de la capital de la comuna de Ñiquén, de la provincia de Ñuble, de la VIII Región del Bíobío por San Gregorio de Ñiquén.
    Artículo 13.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la IX Región de la Araucanía, fijada en el artículo 5° del decreto N° 1.325, del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Malleco Comuna de Curacautín
    1) Se incluye el sector de la comuna de Melipeuco situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres divisoria de aguas de las hoyas del río y de la laguna Captrén, con respecto a la hoya de la laguna Conguillío, desde la cota 1885 hasta la cota 1793, en la sierra Nevada, pasando por la cota 1374 de la carta Volcán Llaima 1ra. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Vilcún situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    La poligonal que une la cota 1160 con la cota 1885, en la ladera nororiente del volcán Llaima, pasando por las cotas 1120, 1445 y 1632; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Captrén, desde la cota 1885 hasta la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la laguna Conguillío de las cartas Laguna de Quepe 1ra. Ed. 1974 y Conguillío 1ra. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2.- Provincia de Cautín
    a.- Comuna de Temuco Se excluye el sector situado al oriente y el norte del siguiente límite:
    El lindero oriente de la faja oriente de la Ruta 5, desde el lindero norte del predio Los Pinos (rol 3279-14) hasta el lindero norte del predio Santa Ana hijuela 1 (rol 3281-13); los linderos norte y oriente del predio Santa Ana hijuela 1, desde el lindero oriente de la faja oriente de la Ruta 5 hasta el lindero norte del predio Hijuela Cajón (rol 3280-19); el lindero norte del predio Hijuela Cajón y su prolongación, desde el lindero oriente del predio Santa Ana hijuela 1 hasta el río Cautín; el río Cautín, desde su intersección por la prolongación del lindero norte del predio Hijuela Cajón hasta el lindero poniente del camino de Cajón a General López; los linderos poniente y sur del camino de Cajón a General López, desde el puente de dicho camino sobre el río Cautín hasta el lindero norte del predio Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-18); los linderos norte de los predios Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-18), Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-16), Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-15), Red Llanquitru hijuela 574-4 (rol 3282-8) y Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-11), desde el lindero sur del camino de Cajón a General López hasta el estero Pircunche o Pusulhuín. Fotomosaicos 3830-7200 A, 3830-7230 F y 3830-7200 D, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979 y las cartas Temuco 1ra.
Ed. 1970 y Lautaro 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Vilcún
    1) Se incluye el sector de la comuna de Temuco situado al oriente y al norte del siguiente límite:
    El lindero oriente de la faja oriente de la Ruta 5, desde el lindero norte del predio Los Pinos (rol 3279-14) hasta el lindero norte del predio Santa Ana hijuela 1 (rol 3281-13); los linderos norte y oriente del predio Santa Ana hijuela 1, desde el lindero oriente de la faja oriente de la Ruta 5 hasta el lindero norte del predio Hijuela Cajón (rol 3280-19); el lindero norte del predio Hijuela Cajón y su prolongación, desde el lindero oriente del predio Santa Ana hijuela 1 hasta el río Cautín; el río Cautín, desde su intersección por la prolongación del lindero norte del predio Hijuela Cajón hasta el lindero poniente del camino de Cajón a General López; los linderos poniente y sur del camino de Cajón a General López, desde el puente de dicho camino sobre el río Cautín hasta el lindero norte del predio Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-18); los linderos norte de los predios Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-18), Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-16), Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-15), Red Llanquitru hijuela 574-4 (rol 3282-8) y Red Llanquitru hijuela 574 (rol 3282-11), desde el lindero sur del camino de Cajón a General López hasta el estero Pircunche o Pusulhuín. Fotomosaicos 3830-7200 A, 3830-7230 F, y 3830-7200 D escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales actualizados propiedades 1979, y las cartas Temuco 1ra.
Ed. 1970 y Lautaro 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    La poligonal que une la cota 1160 con la cota 1885, en la ladera nororiente del volcán Llaima, pasando por las cotas 1120, 1445 y 1632; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Captrén, desde la cota 1885 hasta la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la laguna Conguillío de las cartas Laguna de Quepe 1ra. Ed. 1974 y Conguillío 1ra. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3) Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1096, en la cordillera de Melo hasta el origen del río Caihuico o Caivico en su brazo más próximo a dicha cota; y el río Caihuico o Caivico, desde su origen hasta su desembocadura en el río Huichahue de las cartas Villa García 1ra. Ed. 1974; Cunco 1ra. Ed. 1970, y Radal 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Cunco
    1) Se incluye el sector de la comuna de Pucón situado al norte del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1192, en la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Colico hasta el origen del estero sin nombre que nace contiguo a la citada cota 1192; dicho estero sin nombre, desde su origen hasta su desembocadura en el lago Caburgua; el lago Caburgua, desde la desembocadura del estero sin nombre mencionado hasta la desembocadura del estero Renahue o Pichico; el estero Renahue o Pichico, desde su desembocadura en el lago Caburgua hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Renahue o Pichico hasta la cota 1435; la línea recta desde la cota 1435 hasta el origen del estero Las Mercedes; el estero Las Mercedes, desde su origen hasta su desembocadura en el río Blanco; el río Blanco, desde la desembocadura del estero Las Mercedes hasta la desembocadura del río Quililche; el río Quililche, desde su desembocadura en el río Blanco hasta su origen; y la línea recta, desde el origen del brazo oriente del río Quililche hasta la cota 1085, en la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Caburgua de las cartas Lago Caburgua 1ra. Ed. 1974 y Nevados de Caburgua 1ra. Ed. 1974, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Vilcún situado al sur del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1096, en la cordillera de Melo hasta el origen del río Caihuico o Caivico en su brazo más próximo a dicha cota; y el río Caihuico o Caivico, desde su origen hasta su desembocadura en el río Huichahue de las cartas Villa García 1ra. Ed. 1974; Cunco 1ra. Ed. 1970, y Radal 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- comuna de Melipeuco Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    La línea de cumbres divisoria de aguas de las hoyas del río y de la laguna Captrén, con respecto a la hoya de la laguna Conguillío, desde la cota 1885 hasta la cota 1793, en la sierra Nevada, pasando por la cota 1374 de la carta Volcán Llaima 1ra. Ed. 1975, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de Pucón Se excluye el sector situado al norte del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1192, en la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Colico hasta el origen del estero sin nombre que nace contiguo a la citada cota 1192; dicho estero sin nombre, desde su origen hasta su desembocadura en el lago Caburgua; el lago Caburgua, desde la desembocadura del estero sin nombre mencionado hasta la desembocadura del estero Renahue o Pichico; el estero Renahue o Pichico, desde su desembocadura en el lago Caburgua hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Renahue o Pichico hasta la cota 1435; la línea recta desde la cota 1435 hasta el origen del estero Las Mercedes; el estero Las Mercedes, desde su origen hasta su desembocadura en el río Blanco; el río Blanco, desde la desembocadura del estero Las Mercedes hasta la desembocadura del río Quililche; el río Quililche, desde su desembocadura en el río Blanco hasta su origen; y la línea recta, desde el origen del brazo oriente del río Quililche hasta la cota 1085, en la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del lago Caburgua de las cartas Lago Caburgua 1ra. Ed. 1974 y Nevados de Caburgua 1ra. Ed. 1974, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    f.- Comuna de Loncoche Se excluye el sector situado al sur del siguiente límite:
    El estero Collico, desde su origen en el cordón Peñehue hasta su desembocadura en el río Cruces; y el río Cruces, desde la desembocadura del estero Collico hasta la desembocadura del estero Quillén de las cartas Loncoche 1ra. Ed. 1970 y Lauco 1ra. Ed. 1970 escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    g.- Comuna de Toltén Se excluye el sector situado al poniente del siguiente límite:
    El río Toltén, desde la prolongación en línea recta del camino de Porma a Gualpín hasta su desembocadura en el Mar Chileno de la carta Toltén 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    h.- Comuna de Teodoro Schmidt Se incluye el sector de la comuna de Toltén situado al poniente del siguiente límite:
    El río Toltén, desde la prolongación en línea recta del camino de Porma a Gualpín hasta su desembocadura en el Mar Chileno de la carta Toltén 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 14.- Modifícase la división comunal de las provincias que se indican, de la X Región de Los Lagos, fijada en el artículo 6° del decreto N° 1.325 del Ministerio del Interior, de 1980:
    1.- Provincia de Valdivia
    a.- Comuna de Lanco Se incluye el sector de la comuna de Loncoche, situado al sur del siguiente límite:
    El estero Collico, desde su origen en el cordón Peñehue hasta su desembocadura en el río Cruces; y el río Cruces, desde la desembocadura del estero Collico hasta la desembocadura del estero Quillén de las cartas Loncoche 1ra. Ed. 1970 y Lanco 1ra. Ed. 1970, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de los Lagos
    1) Se establece que el límite intercomunal Los Lagos - Futrono en el sector Huite, es el siguiente: el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y San Pablo (rol 79-16), desde el río Pichico hasta el camino de Los Lagos a Futrono; el citado camino, desde el lindero que separa los predios Huite y San Pablo hasta el lindero que separa los predios Huite y Loncopán (rol 79-9); el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y Loncopán (rol 79-9), desde el camino de Los Lagos a Futrono hasta el estero Huite; y el estero Huite, desde el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y Loncopán (rol 79-9) hasta el lindero oriente del predio parcela 1 El Maitén (rol 80-84), en el límite intercomunal vigente. Fotomosaicos 3950-7230 C y 3950-7230 F, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979, y las cartas Río Llollelhue 1ra. Ed. 1973 y Folilco 1ra. Ed. 1971, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Futrono situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    El río Trafún, desde el lindero oriente del predio parcela 13 Proyecto Pellinada (rol 80-77), en el límite intercomunal vigente Los Lagos-Futrono, hasta el origen de su brazo oriente; la poligonal que une el origen del brazo oriente del río Trafún, con el origen del brazo oriental del estero sin nombre que desemboca en el río Remehue, contiguo a la cota 646, pasando por la cumbre correspondiente a la cota 1303; y el estero sin nombre que desemboca en el río Remehue contiguo a la cota 646, desde el origen de su brazo oriental hasta el río Remehue de las cartas Riñihue 1ra. Ed. 1971 y Futrono 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Futrono
    1) Se establece que el límite intercomunal Futrono-Los Lagos en el sector Huite, es el siguiente: el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y San Pablo (rol 79-16), desde el río Pichico hasta el camino de Los Lagos a Futrono; el citado camino, desde el lindero que separa los predios Huite y San Pablo hasta el lindero que separa los predios Huite y Loncopán (rol 79-9); el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y Loncopán (rol 79-9), desde el camino de Los Lagos a Futrono hasta el estero Huite; y el estero Huite, desde el lindero que separa los predios Huite (rol 79-5) y Loncopán (rol 79-9) hasta el lindero oriente del predio parcela 1 El Maitén (rol 80-84), en el límite intercomunal vigente. Fotomosaicos 3950-7230 C y 3950-7230 F, escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979 y las cartas Río Llollelhue 1ra. Ed. 1973 y Folilco 1ra. Ed. 1971, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2) Se excluye el sector situado al norte y al poniente del siguiente límite:
    El río Trafún, desde el lindero oriente del predio parcela 13 Proyecto Pellinada (rol 80-77), en el límite intercomunal vigente Futrono-Los Lagos, hasta el origen de su brazo oriente; la poligonal que une el origen del brazo oriente del río Trafún, con el origen del brazo oriental del estero sin nombre que desemboca en el río Remehue, contiguo a la cota 646, pasando por la cumbre correspondiente a la cota 1303; y el estero sin nombre que desemboca en el río Remehue contiguo a la cota 646, desde el origen de su brazo oriental hasta el río Remehue de las cartas Riñihue 1ra. Ed. 1971 y Futrono 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    d.- Comuna de La Unión Redefínese el límite con la comuna de Paillaco en el sector que indica, de la siguiente forma: el estero Las Minas o La Peña, desde el paralelo astronómico de la intersección del camino de Valdivia a La Unión con el camino a La Colmena hasta el lindero oriente del predio Huequecura (rol 537-18); el lindero oriente de los predios Huequecura (rol 537-18) y Huequecura (rol 537-11), desde el estero Las Minas o La Peña hasta el lindero norte del predio Porvenir (rol 537-19); los linderos norte y oriente del predio Porvenir, desde el lindero oriente del predio Huequecura (rol 537-11) hasta el lindero norte del predio Peleco (rol 537-24); el lindero norte del predio Peleco, desde el lindero oriente del predio Porvenir hasta el estero El Molino; el estero El Molino, desde el lindero norte del predio Peleco hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero El Molino hasta el origen del estero Folleco; el estero Folleco, desde su origen hasta el lindero norte del predio Santa Laura (rol 553-103); los linderos norte y oriente del predio Santa Laura, desde el estero Folleco hasta el río Llollelhue; el río Llollelhue, desde el lindero oriente del predio Santa Laura (rol 553-103) hasta el lindero oriente del predio Las Quebradas (rol 553-10); los linderos oriente y sur del predio Las Quebradas, desde el río Llollelhue hasta el lindero oriente del predio Regina (rol 539-48); los linderos oriente y sur del predio Regina, desde el lindero sur del predio Las Quebradas hasta el lindero poniente del predio Regina (rol 539-17); el lindero poniente de los predios Regina (rol 539-17) y Tronlico (rol 539-26), desde el lindero sur del predio Regina (rol 539-48) hasta el estero Niscón; el estero Niscón, desde el lindero poniente del predio Tronlico hasta el lindero poniente del predio Manao (rol 555-127); los linderos poniente y norte del predio Manao, desde el estaro Miscón hasta el lindero norte del predio parcela 18 Los Esteros (rol 555-197); y el lindero norte del predio parcela 18 Los Esteros, desde el lindero norte del predio Manao hasta el límite intercomunal vigente. Fotomosaicos 3950-7300 F, 3950-7230 D, 3950-7230 E, 4010-7230 A y 4010-7230 B escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979, y las cartas Catamutún 1ra. Ed. 1972 y Paillaco 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    e.- Comuna de Paillaco Redefínese el límite con la comuna de La Unión, en el sector que indica, de la siguiente forma: el estero Las Minas o La Peña, desde el paralelo astronómico de la intersección del camino de Valdivia a La Unión con el camino a La Colmena hasta el lindero oriente del predio Huequecura (rol 537-18); el lindero oriente de los predios Huequecura (rol 537-18) y Huequecura (rol 537-11), desde el estero Las Minas o La Peña hasta el lindero norte del predio Porvenir (rol 537-19); los linderos norte y oriente del predio Porvenir, desde el lindero oriente del predio Huequecura (rol 537-11) hasta el lindero norte del predio Peleco (rol 537-24); el lindero norte del predio Peleco, desde el lindero oriente del predio Porvenir hasta el estero El Molino; el estero El Molino, desde el lindero norte del predio Peleco hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero El Molino hasta el origen del estero Folleco; el estero Folleco, desde su origen hasta el lindero norte del predio Santa Laura (rol 553-103); los linderos norte y oriente del predio Santa Laura, desde el estero Folleco hasta el río Llollelhue; el río Llollelhue, desde el lindero oriente del predio Santa Laura (rol 553-103) hasta el lindero oriente del predio Las Quebradas (rol 553-10); los linderos oriente y sur del predio Las Quebradas, desde el río Llollelhue hasta el lindero oriente del predio Regina (rol 539-48); los linderos oriente y sur del predio Regina, desde el lindero sur del predio Las Quebradas hasta el lindero poniente del predio Regina (rol 539-17); el lindero poniente de los predios Regina (rol 539-17) y Tronlico (rol 539-26), desde el lindero sur del predio Regina (rol 539-48) hasta el estero Niscón; el estero Niscón, desde el lindero poniente del predio Tronlico hasta el lindero poniente del predio Manao (rol 555-127); los linderos poniente y norte del predio Manao, desde el estero Niscón hasta el lindero norte del predio parcela 18 Los Esteros (rol 555-197); y el lindero norte del predio parcela 18 Los Esteros, desde el lindero norte del predio Manao hasta el límite intercomunal vigente. Fotomosaicos 3950-7300 F, 3950-7230 D, 3950-7230 E, 4010-7230 A y 4010-7230 B escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizados propiedades 1979, y las cartas Catamutún 1ra. Ed. 1972 y Paillaco 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    2.- Provincia de Llanquihue
    a.- Comuna de Puerto Varas Se incluye el sector de la comuna de Cochamó situado al norte del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1547, hasta el desagüe de la laguna Link en el río Rollizo; el río Rollizo, desde su origen en el desagüe de la Laguna Link hasta su desembocadura en el estero Reloncaví; la línea recta, desde la desembocadura del río Rollizo en el estero Reloncaví hasta la desembocadura en el estero Reloncaví del estero sin nombre ubicado enfrente del río Rollizo e inmediatamente al norte de la localidad denominada El Bosque; el estero sin nombre mencionado, desde su desembocadura en el estero Reloncaví hasta su origen; la poligonal que une el origen del estero sin nombre mencionado con la cota 1512, pasando por la cota 1018; y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de los ríos Cochamó, La Junta y Valverde, desde la cota 1512 hasta la cota 1718, pasando por la cota 1467, el cerro Angostura y las cotas 1157 y 1693 de las cartas Cochamó 1ra. Ed. 1973 y Río Cochamó 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Cochamó Se excluye el sector situado al norte del siguiente límite:
    La línea recta, desde la cota 1547, hasta el desagüe de la laguna Link en el río Rollizo; el río Rollizo, desde su origen en el desagüe de la laguna Link hasta su desembocadura en el estero Reloncaví; la línea recta, desde la desembocadura del río Rollizo en el estero Reloncaví hasta la desembocadura en el estero Reloncaví del estero sin nombre ubicado enfrente del río Rollizo e inmediatamente al norte de la localidad denominada El Bosque; el estero sin nombre mencionado, desde su desembocadura en el estero Reloncaví hasta su origen; la poligonal que une el origen del estero sin nombre mencionado con la cota 1512, pasando por la cota 1018; y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de los ríos Cochamó, La Junta y Valverde, desde la cota 1512 hasta la cota 1718, pasando por la cota 1467, el cerro Angostura y las cotas 1157 y 1693 de las cartas Cochamó 1ra. Ed. 1973 y Río Cochamó 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    3.- Provincia de Chiloé
    a.- Comuna de Castro Se incluye el sector de la comuna de Dalcahue situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    El río Puchabrán, Grande o San Pedro, desde el límite intercomunal vigente Castro-Dalcahue hasta el río Carihueico; el río Carihueico, desde su origen en el río San Pedro hasta el estero sin nombre que limita por el poniente el predio La Esperanza; el estero sin nombre mencionado, desde su desembocadura en el río Carihueico hasta su origen; la prolongación en línea recta, desde el origen del estero sin nombre mencionado hasta la faja poniente de la Ruta 5; y la faja poniente de la Ruta 5, desde su intersección por la prolongación en línea recta del origen del estero sin nombre mencionado hasta su intersección por la prolongación en línea recta del camino de la Ruta 5 a Punahuel de las cartas Castro 1ra.
Ed. 1974 y Dalcahue 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Dalcahue
    1) Se incluye el sector de la comuna de Quemchi situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio El Laurel (rol 151-4) y los linderos norte y nororiente del predio Los Petas (rol 151-1), desde el río Tocoihue hasta el lindero nororiente del predio El Límite (rol 151-2); los linderos nororiente y oriente del predio El Límite (rol 151-2), desde el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-1) hasta el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3); el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3), desde el lindero oriente del predio El Límite (rol 151-2) hasta el lindero norte del predio El Límite (rol 151-10); el lindero norte de los predios El Límite (rol 151-10), Fiscal (rol 151-37), El Limite (rol 151-10) y los linderos norte y nororiente del predio Periquín (rol 151-11), desde el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3) hasta el lindero nororiente del predio Martica (rol 151-13); el lindero nororiente de los predios Martica, El Chirique (rol 151-22), Los Tilos (rol 151-23) y Tocique Arriba (rol 151-24), desde el lindero nororiente del predio Periquin (rol 151-11) hasta el lindero norponiente del predio Fritillar (rol 152-10); el lindero norponiente de los predios Frutillar (rol 152-10), Rucia (rol 152-7), El Lobo (rol 152-3) y los linderos norponiente y norte del predio El Reñido (rol 152-2), desde el lindero nororiente del predio Tocique Arriba hasta el lindero nororiente del predio Tres Brazos (rol 152-1); el lindero nororiente del predio Tres Brazos, desde el lindero norte del predio El Reñido hasta el lindero norte del mencionado predio El Reñido; el lindero norte de los predios El Reñido (rol 152-2), Menul (rol 153-1), Río Menul (rol 153-2) y El Trapecio (rol 153-4), desde el lindero nororiente del predio Tres Brazos hasta el lindero norponiente del predio Lejano (rol 153-5); los linderos norponiente y nororiente del predio Lejano y los linderos norte y nororiente del predio La Fiesta (rol 153-6), desde el lindero norte del predio El Trapecio hasta el lindero norte del predio Los Maillines (rol 153-7); los linderos norte y oriente del predio Los Maillines, desde el lindero nororiente del predio La Fiesta hasta el lindero norte del predio Las Lomas (rol 154-1); el lindero norte de los predios Las Lomas (rol 154-1), Los Molinos (rol 154-2), Potrero Grande (rol 154-3) y El Límite (rol 154-4), desde el lindero oriente del predio Los Maillines hasta el canal Quicaví; y el canal Quicaví, desde el lindero norte del predio El Límite (rol 154-4), contiguo a la desembocadura del estero Nolugán en el canal Quicaví, hasta el paso Tenaún en el golfo de Ancud. fotomosaico 4210-7300 A escala 1:20.000, del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1979; la carta Achao 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar, y la carta N° 709 1ra. Ed. 1951, escala 1:150.000 del Instituto Hidrográfico de la Armada.
    2) Se excluye el sector situado al oriente y al sur del siguiente límite:
    El río Puchabrán, Grande o San Pedro, desde el límite intercomunal vigente Dalcahue-Castro hasta el río Carihueico; el río Carihueico, desde su origen en el río San Pedro hasta el estero sin nombre que limita por el poniente el predio La Esperanza; el estero sin nombre mencionado, desde su desembocadura en el río Carihueico hasta su origen; la prolongación en línea recta, desde el origen del estero sin nombre mencionado hasta la faja poniente de la Ruta 5; y la faja poniente de la Ruta 5, desde su intersección por la prolongación en línea recta del origen del estero sin nombre mencionado hasta su intersección por la prolongación en línea recta del camino de la Ruta 5 a Punahuel de las cartas Castro 1ra.
Ed. 1974, y Dalcahue 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    c.- Comuna de Quemchi Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    El lindero norte del predio El Laurel (rol 151-4) y los linderos norte y nororiente del predio Los Petas (rol 151-1), desde el río Tocoihue hasta el lindero nororiente del predio El Límite (rol 151-2); los linderos nororiente y oriente del predio El Límite (rol 151-2), desde el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-1) hasta el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3); el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3), desde el lindero oriente del predio El Límite (rol 151-2) hasta el lindero norte del predio El Límite (rol 151-10); el lindero norte de los predios El Límite (rol 151-10), Fiscal (rol 151-37), El Límite (rol 151-10) y los linderos norte y nororiente del predio Periquín (rol 151-11), desde el lindero nororiente del predio Los Petas (rol 151-3) hasta el lindero nororiente del predio Martica (rol 151-13); el lindero nororiente de los predios Martica, El Chirique (rol 151-22), Los Tilos (rol 151-23) y Tocique Arriba (rol 151-24), desde el lindero nororiente del predio Periquín (rol 151-11) hasta el lindero norponiente del Frutillar (rol 152-10); el lindero norponiente de los predios Frutillar (rol 152-10), Rucia (rol 152-7), El Lobo (rol 152-3) y los linderos norponiente y norte del predio El Reñido (rol 152-2), desde el lindero nororiente del predio Tocique Arriba hasta el lindero nororiente del predio Tres Brazos (rol 152-1); el lindero nororiente del predio Tres Brazos, desde el lindero norte del predio El Reñido hasta el lindero norte del mencionado predio El Reñido; el lindero norte de los predios El Reñido (rol 152-2), Menul (rol 153-1), Río Menul (rol 153-2) y El Trapecio (rol 153-4), desde el lindero nororiente del predio Tres Brazos hasta el lindero norponiente del predio Lejano (rol 153-5); los linderos norponiente y nororiente del predio Lejano y los linderos norte y nororiente del predio La Fiesta (rol 153-6), desde el lindero norte del predio El Trapecio hasta el lindero norte del predio Los Maillines (rol 153-7); los linderos norte y oriente del predio Los Maillines, desde el lindero nororiente del predio La Fiesta hasta el lindero norte del predio Las Lomas (rol 154-1); el lindero norte de los predios Las Lomas (rol 154-1), Los Molinos (rol 154-2), Potrero Grande (rol 154-3) y El Límite (rol 154-4), desde el lindero oriente del predio Los Maillines hasta el canal Quicaví; y el canal Quicaví, desde el lindero norte del predio El Límite (rol 154-4), contiguo a la desembocadura del estero Nolugán en el canal Quicaví, hasta el paso Tenaún en el golfo de Ancud. Fotomosaico 4210-7300 A escala 1:20.000 del Centro de Investigación de Recursos Naturales, actualizado propiedades 1979; la carta Achao 1ra. Ed. 1973, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar, y la carta N° 709 1ra. Ed. 1951, escala 1:150.000 del Instituto Hidrográfico de la Armada.
    4.- Provincia de Palena
    a.- Comuna de Chaitén Se excluye el sector situado al oriente del siguiente límite:
    El estero Cascada, desde el origen de su brazo poniente en la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Futaleufú hasta su desembocadura en el lago Yelcho; la línea recta, desde la desembocadura del estero Cascada hasta la desembocadura en el lago Yelcho del río Roberto; el río Roberto, desde su desembocadura en el lago Yelcho hasta su confluencia con el río Verde; la línea recta, desde la confluencia del río Verde con el río Roberto hasta la cota 1459; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Roberto, desde la cota 1459 hasta el cordón Blanco de las cartas Lago Yelcho 1ra.
Ed. 1978, Puerto Ramírez 1ra. Ed. 1978 y El Malito 1ra.
Ed. 1981, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.
    b.- Comuna de Palena Se incluye el sector de la comuna de Chaitén situado al oriente del siguiente límite:
    El estero Cascada, desde el origen de su brazo poniente en la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Futaleufú hasta su desembocadura en el lago Yelcho; la línea recta, desde la desembocadura del estero Cascada hasta la desembocadura en el lago Yelcho del río Roberto; el río Roberto, desde su desembocadura en el lago Yelcho hasta su confluencia con el río Verde; la línea recta, desde la confluencia del río Verde con el río Roberto hasta la cota 1459; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya del río Roberto, desde la cota 1459 hasta el cordón Blanco de las cartas Lago Yelcho 1ra.
Ed. 1978, Puerto Ramírez 1ra. Ed. 1978 y El Malito 1ra.
Ed. 1981, escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 15.- Cámbiase la denominación de la comuna de Entre Lagos de la provincia de Osorno, de la X Región de Los Lagos, por comuna de Puyehue.

    Artículo 16.- Trasládase la capital de la comuna de Lago Verde, de la provincia de Coihaique, de la XI Región Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo, a Lago Verde.

    Artículo 17.- Modifícase la división comunal de la provincia que se indica de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, fijada en el artículo 44 del decreto ley N° 2868, de 1979:
    Provincia de Magallanes Comuna de Río Verde Se incluye el sector correspondiente al área Gran Campo Nevado, situado al suroriente del siguiente límite: la bahía Beaufot, desde el estrecho de Magallanes hasta el canal Sweet, pasando por el seno Glacier, al sur de la isla Villagrán; el canal Sweet, desde el seno Glacier hasta el desagüe del lago Muñoz Gamero; el desagüe del lago Muñoz Gamero, y el citado lago, desde el canal Sweet hasta el canal que une el lago Muñoz Gamero con el estero Excelsior; y el canal que une el lago Muñoz Gamero con el estero Excelsior, desde el lago Muñoz Gamero hasta el estero Excelsior. Cartas N° 56, con correcciones hasta enero de 1978, escala 1:1.000.000, N° 1114, 4a. Ed. 1987, escala 1:260.000 y N° 1105, corregida 1982, escala 1:100.000 del Instituto Hidrográfico de la Armada, y cartas Puerto Natales 1a. Ed. 1971, escala 1:500.000 e Isla Santa Inés, 1ra. reimpresión 1975, escala 1:500.000 del Instituto Geográfico Militar.

    Artículo 18.- Trasládanse las capitales de la comuna de Torres del Paine, de la Provincia Ultima Esperanza; de la comuna de Río Verde, de la Provincia de Magallanes y de la comuna de Timaukel, de la Provincia de Tierra del Fuego, de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, a Cerro Castillo, Río Verde y Cameron, respectivamente.

    Artículo 19.- Modifícase la división comunal de la provincia que se indica, de la Región Metropolitana de Santiago, fijada en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 1-3.260, del Ministerio del Interior, de 1981:
    Provincia de Santiago
    a.- Comuna de Santiago
    1) Se incluye el sector de la comuna de Quinta Normal situado al sur y al oriente del siguiente límite:
    La calle Santo Domingo, desde la avenida Matucana hasta la avenida General Velásquez; y la avenida General Velásquez, desde la calle Santo Domingo hasta la avenida Portales. Plano del Gran Santiago hoja N° 24, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    2) Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La avenida Ramón Subercaseaux, desde el camino a Melipilla hasta la calle San Alfonso; la calle San Alfonso y su prolongación, desde la avenida Ramón Subercaseaux hasta el lindero oriente del predio Maestranza San Eugenio (rol 1481-15); y el lindero oriente del predio Maestranza San Eugenio, desde la prolongación de la calle San Alfonso hasta la línea del ferrocarril de circunvalación. Plano del Gran Santiago hoja N° 31, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    b.- Comuna Pedro Aguirre Cerda
    1) Se incluye el sector de la comuna de Lo Espejo situado al norte de la avenida Lo Ovalle, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos). Plano de la comuna de Lo Espejo, actualizado a 1982, escala 1:7.500, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    2) Se excluye el sector situado al sur de la avenida Lo Ovalle, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta la carretera Presidente José Joaquín Prieto (ex Ochagavía). Plano de la comuna Pedro Aguirre Cerda actualizado a 1982, escala 1:7.500, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    c.- Comuna de Lo Espejo
    1) Se incluye el sector de la comuna Pedro Aguirre Cerda situado al sur de la avenida Lo Ovalle, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta la carretera Presidente José Joaquín Prieto (ex Ochagavía). Plano de la comuna Pedro Aguirre Cerda, actualizado a 1982, escala 1:7.500, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    2) Se excluye el sector situado al norte de la avenida Lo Ovalle, desde la línea del ferrocarril longitudinal hasta el lindero poniente de la carretera Panamericana (variante Cerrillos). Plano de la comuna de Lo Espejo, actualizado a 1982, escala 1:7.500, del Instituto Nacional de Estadísticas.
    d.- Comuna Estación Central
    1) Se incluye el sector de la comuna de Santiago situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La avenida Ramón Subercaseaux, desde el camino a Melipilla hasta la calle San Alfonso; la calle San Alfonso, y su prolongación, desde la avenida Ramón Subercaseaux hasta el lindero oriente del predio Maestranza San Eugenio (rol 1481-15); y el lindero oriente del predio Maestranza San Eugenio, desde la prolongación de la calle San Alfonso hasta la línea del ferrocarril de circunvalación. Plano del Gran Santiago, hoja N° 31, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    2) Se incluye el sector de la comuna de Pudahuel situado al oriente del siguiente límite:
    La prolongación en línea recta del eje de la avenida Las Torres, desde la intersección al camino a Pudahuel hasta la intersección de la avenida Los Pajaritos. Plano del Gran Santiago, hoja N° 23, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    e.- Comuna de Cerrillos Se excluye el sector situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La avenida Cinco de Abril y su prolongación, desde la línea del ferrocarril a Cartagena hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde la prolongación de la avenida Cinco de Abril hasta el camino a Lonquén; y el camino a Lonquén, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo). Plano del Gran Santiago, hoja N° 37, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    f.- Comuna de Maipú Se incluye el sector de la comuna de Cerrillos situado al sur y al poniente del siguiente límite:
    La avenida Cinco de Abril y su prolongación, desde la línea del ferrocarril a Cartagena hasta la avenida Américo Vespucio; la avenida Américo Vespucio, desde la prolongación de la avenida Cinco de Abril hasta el camino a Lonquén; y el camino a Lonquén, desde la avenida Américo Vespucio hasta la avenida Lo Sierra (Lo Espejo). Plano del Gran Santiago, hoja N° 37, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    g.- Comuna de Quinta Normal Se excluye el sector situado al sur y al oriente del siguiente límite:
    La calle Santo Domingo, desde la avenida Matucana hasta la avenida General Velásquez; y la avenida General Velásquez, desde la calle Santo Domingo hasta la avenida Portales. Plano del Gran Santiago, hoja N° 24, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    h.- Comuna de Pudahuel Se excluye el sector situado al oriente del siguiente límite:
    La prolongación en línea recta del eje de la avenida Las Torres, desde la intersección al camino a Pudahuel hasta la intersección de la avenida Los Pajaritos. Plano del Gran Santiago, hoja N° 23, 1ra. Ed. 1985, escala 1:5.000 del Instituto Nacional de Estadísticas.
    ARTICULOS TRANSITORIOS
    Artículo 1°.- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año y a través de uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio del Interior:
    a) Efectúe las precisiones que identifiquen con mayor certeza los límites vigentes de las comunas y las delimitaciones comunales, en conformidad con las leyes vigentes y las modificaciones que esta ley introduce, fijando en un texto refundido los límites específicos de todas las comunas de la República.
    b) Determine los límites específicos de cada provincia, de acuerdo con el grupo de comunas que la integran, en conformidad a las leyes vigentes y a las modificaciones que esta ley introduce.
    c) Determine los límites específicos de cada región, de acuerdo a las provincias que la integran, en conformidad a las leyes vigentes y a las modificaciones que esta ley introduce.
    Artículo 2°.- Facúltase a las municipalidades, cuyos territorios comunales se modifican en virtud de la presente ley, para efectuar entre sí los traspasos de los recursos presupuestarios destinados a la administración de los territorios transferidos y de los bienes municipales existentes en ellos.
    Artículo 3°.- Las obligaciones pendientes de las municipalidades que tienen a su cargo la administración de un territorio comunal que por este texto legal se traspasa a otra, serán siempre de responsabilidad de dichas municipalidades, aún cuando su origen o causa tenga relación con el territorio que se desmembra de su jurisdicción.
    Las contribuciones, patentes, y demás créditos en favor de las mismas municipalidades antes señaladas, pendientes de pago, a la fecha de publicación de la presente ley, deberán pagarse en todo caso a éstas.
    Las municipalidades de comunas que pasan a administrar uno o más sectores de territorios segregados a otra jurisdicción comunal, no podrán cobrar a las municipalidades que antes tenían a su cargo la administración de dichos territorios, ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, ni podrán pagar deudas contraídas por estas últimas.
    Artículo 4°.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo al 10% del Fondo Común Municipal a que se refiere el inciso sexto del artículo 38 del decreto ley N° 3.063, de 1979.
    FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- HUMBERTO GORDON RUBIO, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.- HERNAN RIVERA CALDERON, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada y Miembro de la Junta de Gobierno Subrogante.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 25 de mayo de 1988.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.