ESTABLECE FORMA ESPECIAL DE ACREDITAR EL FALLECIMIENTO DE PERSONAS DESAPARECIDAS EN CATASTROFE QUE INDICA, PARA FINES DE SEGURIDAD SOCIAL
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único.- Cualquiera persona que tenga interés en ello podrá pedir, para el solo efecto de la obtención de los beneficios y prestaciones laborales y de seguridad social a que hubiere lugar, la certificación del fallecimiento de personas desaparecidas con ocasión de la catástrofe ocurrida el 29 de noviembre de 1987, en la localidad de "El Alfalfal", comuna de San José de Maipo, Provincia de Cordillera, de la Región Metropolitana. Dicha certificación será antecedente suficiente para acreditar el fallecimiento de las personas desaparecidas.
Corresponderá efectuar la referida certificación al juez de letras que conozca o hubiere conocido de las muertes acaecidas en dicha catástrofe, previa citación al desaparecido mediante un aviso publicado en el Diario Oficial el día primero o quince, o al día siguiente hábil si en aquél no se publicare, y un aviso en un diario editado en la Región Metropolitana.
Si transcurridos quince días desde la publicación del último aviso no compareciere el citado, el juez certificará su fallecimiento con el mérito de la información sumaria de testigos que deberá ofrecerse acerca de la circunstancia de que el causante se encontraba en el lugar de la catástrofe al momento en que ocurrió. Podrá, además, decretar las medidas que estime necesarias para acreditar tal circunstancia y apreciará en conciencia las pruebas rendidas respecto del hecho de la desaparición del causante.
El juez fijará como fecha del fallecimiento, para los efectos de esta ley, el 29 de noviembre de 1987.
Todas las gestiones, actuaciones y publicaciones que deban hacerse en conformidad a lo dispuesto en los incisos precedentes, gozarán de privilegio de pobreza por el solo ministerio de la ley.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- HUMBERTO GORDON RUBIO, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 18 de agosto de 1988.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente a Ud.- Luis Manríquez Reyes, Subsecretario de Justicia.