Artículo 3°.- Fíjase para el juzgado de letras del trabajo del departamento de Concepción la siguiente planta de personal, con los correspondientes grados en la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Poder Judicial:
- Un juez                    Grado V
- Un secretario              Grado VII
- Un oficial primero        Grado XII
- Dos receptores laborales  Grado XII
- Tres oficiales segundos    Grado XIII
- Tres oficiales terceros    Grado XIV
- Un oficial cuarto          Grado XV
- Un oficial de sala        Grado XIX.