Artículo 2°.- El Servicio tendrá por objetoLEY 19283
Art. 1º Nº 2
D.O. 05.01.1994
contribuir al desarrollo silvoagropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos Ley 21349
Art. 19 N° 1
D.O. 26.06.2021
naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.