LEY NUM. 18.782
AUTORIZA AL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO PARA CUMPLIR RESOLUCIONES QUE INDICA EN LA FORMA QUE SEÑALA
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único.- El Director Nacional o los Directores Regionales del Servicio Agrícola y Ganadero, en su caso, estarán facultados para disponer que las resoluciones afectas al trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República que dicten para el combate o prevención de plagas o enfermedades se cumplan antes de efectuarse dicho trámite, siempre que se trate de medidas que perderían su oportunidad de no ejecutarse de inmediato.
En todo caso, el Director Nacional y los Directores Regionales, según corresponda, deberán remitir a dicho Organismo Contralor, dentro del plazo de quince días de dispuesta la medida, la resolución pertinente, la que una vez ingresada no podrá ser retirada de su tramitación.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el N° 1, del Art. 82, de la Constitución Política de la República, y por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 30 de enero de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Dante Santoni Compiano, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda, Subrogante.- Arturo Venegas Palacios, Ministro de Agricultura, Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Arturo Venegas Palacios, Subsecretario de Agricultura.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO PARA CUMPLIR RESOLUCIONES QUE INDICA EN LA FORMA QUE SEÑALA
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la H. Junta de Gobierno envió el proyecto de ley enunciado en el rubro afin de que el Tribunal Constitucional ejerciera el control de su constitucionalidad, y que por sentencia de 16 de enero de 1989, declaró que el artículo único del proyecto es constitucional.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.