Artículo 2°.- Modifícase el inciso 1° del artículo 2° del Decreto Ley N° 2.546, de 1979, en la forma siguiente:
    a) Sustitúyese el guarismo "32%" por "36".
    b) Agréguese a continuación de la expresión "Capitán (E) y grados equivalentes", la siguiente: "Teniente (E) y grados equivalentes___ 10%".
    c) Agréguese a continuación de la expresión "Sargento 1° (E) y grados equivalentes" las siguientes:
"Sargento 2° (E) y grados equivalentes____ 10%"; "Cabo 1° (E) y grados equivalentes_____ 5%".