EXIME DEL PAGO DE DERECHOS CONSULARES LA LEGALIZACION DE DOCUMENTOS EMITIDOS EN EL EXTRANJERO PARA LOS EFECTOS DE LA LEY N° 18.787
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente:
Proyecto de ley:
Artículo único.- La legalización de los documentos emitidos en el extranjero que sean necesarios para acogerse a los beneficios de la ley N° 18.787, estará exenta del pago de los derechos consulares establecidos en la ley N° 18.340.
Los Cónsules de Chile que intervengan en el proceso de legalización de dichos documentos deberán estampar en ellos la leyenda "Exento del pago de derechos consulares".
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de La Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insérterse en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago. 28 de Abril de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hernán Felipe Errázuriz Correa, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a atentamente a Ud.- Ramón Valdés Rosas, Coronel, Subsecretario de Relaciones Exteriores.