MODIFICA DECRETO LEY N° 844, de 1975, QUE CREO LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo único.- Modifícase el decreto ley N° 844, de 1975, que creó la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, en la que a continuación se indica:
    1.- Agrégase el siguiente inciso tercero al artículo 9°:
    "Para el financiamiento de los beneficios médico, hospitalario y dental contemplados en el inciso anterior se destinará a lo menos un 30% del total del descuento obligatorio a que se refiere la letra a) del artículo 20.".
    2.- Sustitúyese en la letra a) de su artículo 20, el guarismo "6,5%" por "8,5%".

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 5 de julio de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Miguel E. Moore Barrera, Coronel de Carabineros Subsecretario de Carabineros MDN.