LEY NUM. 18.816
FACULTA A LAS CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR PARA CELEBRAR CONVENIOS CON EL FONDO NACIONAL DE SALUD
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo único.- Facúltase a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar para celebrar convenios con el Fondo Nacional de Salud, sobre otorgamiento de credenciales de salud, venta, emisión y pago de órdenes de atención, y otorgamiento y cobro de los préstamos que establece el artículo 31 de la ley N° 18.469.
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 13 de julio de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Juan Giaconi Gandolfo, Ministro de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Subsecretario de Salud.