Artículo 67°.- Sustitúyese la planta del personal de la Secretaría General de Gobierno por la siguiente:
Escalafones/Cargos Nivel Grado N° Cargos
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E.U.S.
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Autoridades de Gobierno
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Ministro Secretario General
de Gobierno B 1
Subsecretario General
de Gobierno C 1
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2
Directivos Superiores
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Directores de División I 2° 3
Directores III 4° 3
Subdirector III 4° 1
Secretarios Nacionales III 4° 4
Jefes de Departamento III 4° 2
Secretarios Regionales
Ministeriales III 4° 3
Directivo Superior III 4° 1
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17
Directivos
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Jefe de Departamento I 5° 1
Subjefe de Secretarías
Nacionales I 5° 4
Secretarios Regionales
Ministeriales I 5° 4
Jefe de Gabinete II 6° 1
Jefes de Departamento II 6° 3
Secretarios Regionales
Ministeriales II 6° 5
Directivo II 6° 1
Jefes de Departamento III 7° 2
Directivo III 8° 1
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22
Jefaturas A
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Jefes de Departamento I 9° 5
Jefes de Sección II 11° 20
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25
Jefaturas B
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Jefes de Sección I 12° 26
Jefes de Sección I 13° 47
Jefes de Sección II 14° 15
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88
Jefaturas C
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Jefes de Sección I 15° 6
Jefes de Sección II 16° 11
Jefes de Sección II 17° 2
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19
Abogados
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Abogado I 6° 1
Profesionales
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Profesional 10° 1
Secretarios Ejecutivos
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Secretarios Ejecutivos II 16° 6
Secretarios
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Secretarios II 16° 2
Secretarios II 17° 3
Secretarios II 18° 3
Secretarios II 19° 2
Secretarios III 21° 2
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12
Secretarias Bilingües
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Secretaria Bilingüe III 17° 1
Radio Operadores y
Operadores Telex
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Radio Operadores y
Operadores Telex II 17° 7
Oficiales Administrativos
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Oficiales Administrativos I 19° 38
Oficiales Administrativos I 20° 35
Oficiales Administrativos I 21° 34
Oficiales Administrativos II 22° 3
Oficiales Administrativos II 23° 4
Oficiales Administrativos II 25° 2
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116
Choferes
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Choferes II 24° 17
Choferes II 25° 2
Choferes III 27° 1
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20
Auxiliares II 24° 5
Auxiliares I 25° 9
Auxiliares I 26° 7
Auxiliares I 27° 2
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23
TOTAL 360
La Secretaría General de Gobierno, podrá contratar en forma transitoria, adicionalmente a la dotación máxima para 1989, sea por contratos asimilados a grado, por honorarios asimilados a grado o por sumas alzadas, hasta 230 personas, con un monto que no podrá exceder de $ 75 millones, para el Programa de Cooperación Técnica Transitoria. Las contrataciones señaladas, se harán por Resoluciones del respectivo Subsecretario, visadas, previamente, por la Dirección de Presupuestos."