Artículo 25.- Se aplicará la ley N° 17.322 a las obligaciones que las entidades empleadoras afiliadasLEY 20233
Art. 40 d)
D.O. 06.12.2007
contraigan con las Cajas de Compensación. No obstante podrá operar una compensación de obligaciones entre las Cajas de Compensación y las empresas afiliadas, a solicitud expresa de estas últimas.

NOTA:
    El Art. 40 de la LEY 20233, publicada el 06.12.2007, dispuso que la modificación introducida en el presente artículo rige a contar del primer día del mes siguiente al de su publicación.