Artículo 50.- Serán inhábiles para ser promovidosLEY 19882
Art. VIGESIMO
SEPTIMO Nº 17
D.O. 23.06.2003 los funcionarios que:
Art. VIGESIMO
SEPTIMO Nº 17
D.O. 23.06.2003 los funcionarios que:
a) No hubieren sido calificados en lista de distinción o buena en el período inmediatamentLEY 19165
Artículo 3º a)
D.O. 01.09.1992e anterior;
Artículo 3º a)
D.O. 01.09.1992e anterior;
b) No hubieren sido calificados durante dos períodos consecutivos;
c) Hubieren sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante, y
d) Hubieren sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.
NOTA:
EL Artículo undécimo transitorio de la LEY 19882, publicada el 23.06.2003, dispone que las normas contenidas en el artículo vigésimo séptimo entrarán en vigencia después de 180 días de su publicación.
EL Artículo undécimo transitorio de la LEY 19882, publicada el 23.06.2003, dispone que las normas contenidas en el artículo vigésimo séptimo entrarán en vigencia después de 180 días de su publicación.