MODIFICA DECRETOS LEYES N°s. 2.460, DE 1979, Y 3.356, DE 1980
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley
    Artículo 1°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 24 del decreto ley N° 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, por el siguiente:
    "Los Oficiales Policiales de los grados de Director General, Subdirectores, Prefectos Inspectores, Prefectos y Subprefectos, de la Policia de Investigaciones de Chile en retiro, estarán facultados para portar armas de fuego que tengan debidamente inscritas a su nombre, previa autorización otorgada por el Director General, sin perjuicio de aplicárseles lo que disponga la reglamentación institucional respectiva, para el personal en servicio activo.".

    Artículo 2°.- Intercálase en el inciso primero del artículo único del decreto ley N° 3.356, de 1980, entre las palabras "Oficiales Superiores" y la conjunción "y" la frase "Tenientes Coroneles o equivalentes" precedida de una coma (,).

    JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- SANTIAGO SINCLAIR OYANEDER, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, 5 de Diciembre de 1989.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que setranscribe para su conocimiento.- Carlos Pinto Cáceres, Capitán de Navío, Subsecretario de Investigaciones.